Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales (Resolución Viceministerial N° 023-2024-EF/15.01)
Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales
Resolución Viceministerial N° 023-2024-EF/15.01
Fecha de publicación: 06.12.2024
Fecha de vigencia: 07.12.2024
Con fecha 06 de diciembre de 2024, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución Viceministerial N° 023-2024-EF/15.01, mediante la cual se fijan los índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales.
Al respecto, cabe mencionar que, en las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el día siguiente de publicada la presente Resolución Viceministerial hasta la fecha de publicación de la Resolución Viceministerial mediante la cual se fijen los índices de corrección monetaria del siguiente mes, el valor de adquisición o construcción, según sea el caso, se ajusta multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución Viceministerial.
A continuación, compartimos el contenido de la Resolución Viceministerial N° 023-2024-EF/15.01.