Inafectación del ITAN para instituciones educativas privadas (Informe N° 000051-2024-SUNAT/7T0000)

Inafectación del ITAN para instituciones educativas privadas

Sunat concluye que las instituciones educativas privadas que generan ingresos que por ley son calificados como utilidades, se encuentran inafectas del ITAN en tanto se encuentren constituidas según la legislación de la materia y sus bienes (activos netos) sean destinados a actividades educativas y culturales, lo cual corresponde se r evaluado en cada caso en particular.

Informe N° 000051-2024-SUNAT/7T0000

Fecha de emisión: 03.07.2024

Fecha de publicación: 09.07.2024

Con fecha 09 de julio de 2024, se ha publicado en la página web de SUNAT, el Informe N° 000051-2024-SUNAT/7T0000, en el cual la Administración Tributaria absuelve la consulta referida a si las instituciones educativas privadas que generan ingresos que por ley son calificados como utilidades, se encuentran inafectas del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN).

Al respecto, en el Informe N° 000051-2024-SUNAT/7T000, la Administración Tributaria refiere que, en lo concerniente al ITAN, el Tribunal Constitucional ha referido en diversa jurisprudencia que, por su propia naturaleza, tiene la característica de patrimonial, por cuanto toma como manifestación de capacidad contributiva los activos netos, es decir, la propiedad.

En el mismo sentido, recogiendo el criterio del Tribunal la Administración Tributaria ha indicado que el ITAN es un tributo de carácter patrimonial y que, en cuanto grava una capacidad contributiva distinta, es independiente del impuesto a la renta.

Asimismo, la Administración Tributaria refiere que, siendo que la exclusión de la inafectación dispuesta por el artículo 19 de la Constitución Política del Perú se da respecto al impuesto a la renta de las instituciones educativas privadas que generan utilidades y que el ITAN es un impuesto directo independiente del impuesto a la renta, se tiene que dichas instituciones se encuentran inafectas del ITAN en tanto se encuentren constituidas según la legislación de la materia y sus bienes (activos netos) sean destinados a actividades educativas y culturales, lo cual corresponde se r evaluado en cada caso en particular.

En consecuencia, en el Informe N° 000051-2024-SUNAT/7T0000, la Administración Tributaria concluye que las instituciones educativas privadas que generan ingresos que por ley son calificados como utilidades, se encuentran inafectas del ITAN en tanto se encuentren constituidas según la legislación de la materia y sus bienes (activos netos) sean destinados a actividades educativas y culturales, lo cual corresponde ser evaluado en cada caso en particular.

A continuación, compartimos el contenido del Informe N° 000051-2024-SUNAT/7T0000.

Puede ser una imagen de texto que dice "SUNAT ASUNTO Consulta institucional sobre tributarias. LUGAR sentido alcance de las de 2024 MATERIA: BSYPASOMEND 优電了益 Temporal consulta si instituciones educativas generan ingresos calificados utilidades, encuentran inafectas Impuesto Activos Netos (ITAN). BASE LEGAL: Constitución Política del publicada 28424, modificatorias que adelante, Ley ITAN, publicada ITAN). ANALISIS: 21.12.2004 primer normas Constitución Perú institutos superiores demás centros materia impuesto directo indirecto que afecte bienes actividades servicios propios finalidad educativa cultural; siendo materia puede establecerse régimen afectación para Agrega generen establecerse párrafo que. respecto mpuesto privadas calificados como utilidades, Tribunal Constitucional(1) tributaria, decir, sentenciar señalado referido artículo limite constitucional ejercicio lexpediente"

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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