Tratamiento tributario de los intereses pagados por una Caja Municipal de Ahorro y Crédito (CMAC) provenientes de financiamientos otorgados por entidades del extranjero (Informe N° 000034-2024-SUNAT/7T0000)
Tratamiento tributario de los intereses pagados por una Caja Municipal de Ahorro y Crédito (CMAC) provenientes de financiamientos otorgados por entidades del extranjero (Informe N° 000034-2024-SUNAT/7T0000)
Sunat concluye que, en el marco de financiamientos otorgados por entidades del extranjero, los intereses pagados a dichas entidades por una Caja Municipal de Ahorro y Crédito del sistema financiero peruano se encuentran exonerados del impuesto a la renta conforme a lo dispuesto en el inciso q) del artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta.
Informe N° 000034-2024-SUNAT/7T0000
Fecha de emisión: 13.05.2024
Fecha de publicación: 17.05.2024
Con fecha 17 de mayo de 2024, se publicó en la página web de SUNAT, el Informe N° 000034-2024-SUNAT/7T0000, mediante el cual la Administración Tributaria absuelve una consulta vinculada con el pago de intereses efectuados por una Caja Municipal de Ahorro y Crédito como consecuencia de un financiamiento otorgados por entidades del extranjero.
Al respecto, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso q) del artículo 19 de la LIR se encuentran exonerados del impuesto a la renta hasta el 31.12.2026, los intereses y demás ganancias provenientes de créditos externos concedidos al Sector Público Nacional.
Asimismo, la décima disposición complementaria final del decreto supremo n.° 136 -2011 -EF precisa que para efectos de la exoneración dispuesta en el inciso q) del artículo 19 de la LIR, debe entenderse que el Sector Público Nacional comprende las entidades establecidas en el artículo 7 del Reglamento de la LIR, incluyendo aquellas que forman parte de la actividad empresarial del Estado.
En los considerandos del Informe N° 000034-2024-EF, la Administración Tributaria señala que, toda vez que las CMAC forman parte de la actividad empresarial del Estado y que, de acuerdo con la décima disposición complementaria final del decreto supremo n.° 136 -2011 -EF, el Sector Público Nacional incluye a las entidades que conforman la actividad empresarial del Estado, se puede afirmar que las CMAC gozan de la exoneración prevista en el inciso q) del artículo 19 de la LIR.
En consecuencia, en el Informe N° 000034-2024-EF, Sunat concluye que, en el marco de financiamientos otorgados por entidades del extranjero, los intereses pagados a dichas entidades por una CMAC del sistema financiero peruano se encuentran exonerados del impuesto a la renta conforme a lo dispuesto en el inciso q) del artículo 19 de la LIR, toda vez que dicha CMAC forma parte del Sector Público Nacional.
A continuación, compartimos el contenido del Informe N° 000034-2024-EF.
MATERIA:
Se consulta si en el marco de financiamientos otorgados por entidades del extranjero, están exonerados del impuesto a la renta los intereses pagados a dichas entidades por una Caja Municipal de Ahorro y Crédito del sistema financiero peruano.
CONCLUSIÓN:
En el marco de financiamientos otorgados por entidades del extranjero, los intereses pagados a dichas entidades por una Caja Municipal de Ahorro y Crédito del sistema financiero peruano se encuentran exonerados del impuesto a la renta conforme a lo dispuesto en el inciso q) del artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta.