Empresas e influencers ya no tendrán que publicar su RUC en publicidad digital

Empresas e influencers ya no tendrán que publicar su RUC en publicidad digital
 
Se aprobó por mayoría modificar el DL N° 1524, que obligaba a consignar públicamente el Registro Único de Contribuyente en las promociones de oferta de bienes y servicios en Internet.
 
Con 75 votos a favor, 20 en contra y 11 abstenciones, el Pleno decidió dar por terminada la obligación de empresas e influencers de consignar su Registro Único de Contribuyente (RUC) en publicidad digital.
 
Por medio del PL N°5434-2021, se aprobó modificar el artículo 3 del DL N° 1524 con el objetivo de regresar a como era inicialmente.
 
Como se recuerda, esta primera modificación al DL N° 943, establecía que las empresas e influencers estaban obligadas a incluir su número de RUC y su nombre o denominación social en toda documentación mediante la cual se oferten bienes o servicios, es decir, en promociones que puedan hacer.
 
Ahora, esta iniciativa legal de Adriana Tudela de Avanza País, derogó esta norma que inició a surtir efecto desde julio último.
 
El PL sustentó que las modificaciones del DL N° 1524 “generaba obstáculos a la publicidad digital”.
 
“En concreto, la necesidad de estipular el número del RUC y la razón o denominación social dentro del material publicitario digital, constituye una desnaturalización del mismo, el cual tiene como única finalidad ofertar productos y servicios”, se recalcó en los fundamentos del proyecto de ley.
 
En esa línea, Tudela, señaló anteriormente que las nuevas obligaciones generadas por el Decreto Legislativo “vulneran la finalidad de publicitar los signos distintivos de la empresa, en desmedro de su reputación marcaria, lo cual constituye uno de los activos más importantes”.
 
La autora del proyecto, la congresista Adriana Tudela (Avanza País ) exhortó al Poder Ejecutivo a publicar la ley lo más rápido posible, a fin de evitar que la exigencia entre en vigencia en las siguientes semanas. “El Estado tiene que ser un aliado del emprendedor y no generarle trabas con exigencias confusas y sin sentido”, expresó a través de las redes sociales.
 
Sostuvo que la “exigencia absurda” de colocar el RUC y razón social en la publicidad iba a afectar tanto a los emprendimientos como a los consumidores peruanos.
 
Fuente: Diario Gestión del 14 de diciembre de 2023.
 
https://gestion.pe/peru/politica/empresas-e-influencers-ya-no-tendran-que-publicar-su-ruc-en-publicidad-digital-peru-instagram-tiktok-sunat-noticia/
Puntuación: 5 / Votos: 1

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *