Aprueban el Procedimiento General Certificación del Operador Económico Autorizado DESPA-PG.29 (Versión 3)
Aprueban el Procedimiento General Certificación del Operador Económico Autorizado DESPA-PG.29 (Versión 3)
Resolución de Superintendencia N° 000061-2022/SUNAT
Fecha de publicación: 12.04.2022
Fecha de vigencia: 13.04.2022
Con fecha 12 de abril de 2022, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia N° 000061-2022/SUNAT, mediante la cual se aprueba el Procedimiento General Certificación del Operador Económico Autorizado DESPA-PG.29 (Versión 3).
El objetivo de la norma es establecer las pautas a seguir para la obtención y mantenimiento de la certificación como operador económico autorizado, los requisitos que se deben cumplir y las facilidades que se otorgan, así como el procedimiento de suspensión y cancelación de la certificación.
Al respecto, se aprueba el procedimiento general “Certificación del operador económico autorizado” DESPA-PG.29 (versión 3), cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución.
Asimismo, se deroga el procedimiento general “Certificación del operador económico autorizado” DESPA-PG.29 (versión 2).
Se dispone que para aquellos operadores que se encuentren realizando o hayan realizado el proceso de certificación en forma física y no cuenten con solicitud de orientación, se considerará la solicitud de certificación, a fi n de ejecutar la primera evaluación periódica del cumplimiento de los requisitos de certificación indicados en el procedimiento general “Certificación del operador económico autorizado” DESPA-PG.29 (versión 3).
De otro lado, se señala que las órdenes de mantenimiento ordinarias que se encuentren en proceso a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución deben adecuarse a lo dispuesto en el numeral 1 del rubro C de la Sección VII del procedimiento general “Certificación del operador económico autorizado” DESPA-PG.29 (versión 3).
La presente resolución entra en vigencia el día siguiente al de su publicación en el diario ofi cial El Peruano.
A continuación, compartimos el contenido de la Resolución de Superintendencia N° 000061-2022/SUNAT.