Excluyen bienes del ISC hasta el hasta el 30.06.2022.
Modifican el Nuevo Apéndice III del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.
Decreto Supremo N° 068-2022-EF
Fecha de publicación: 03.04.2022
Fecha de vigencia: 04.04.2022
Con fecha 03 de abril de 2022, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 068-2022-EF, mediante el cual se modifican el Nuevo Apéndice III del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.
Al respecto, mediante el Decreto Supremo N° 068-2022-EF, se excluye del Nuevo Apéndice III del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, hasta el 30 de junio de 2022, los bienes contenidos en las siguientes partidas arancelarias.
2710.12.13.21 2710.12.19.00 2710.12.20.00 2710.20.00.90 Gasolina para motores con 7,8% en volumen de alcohol carburante, con un número de Octano Research (RON) superior o igual a 84, pero inferior a 90
2710.12.13.29 2710.12.19.00 2710.12.20.00 2710.20.00.90 Las demás gasolinas para motores, con un número de Octano Research (RON) superior o igual a 84, pero inferior a 90
2710.12.13.31 2710.12.19.00 2710.12.20.00 2710.20.00.90 Gasolina para motores con 7,8% en volumen de alcohol carburante, con un número de Octano Research (RON) superior o igual a 90, pero inferior a 95
2710.12.13.39 2710.12.19.00 2710.12.20.00 2710.20.00.90 Las demás gasolinas para motores, con un número de Octano Research (RON) superior o igual a 90, pero inferior a 95
2710.19.21.11 / 2710.19.21.99 Gasoils (gasóleo)
2710.20.00.11 Diésel B2, con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm
2710.20.00.12 / 2710.20.00.13 Diésel B5 y Diésel B20, con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm
2710.20.00.19 Las demás mezclas de Diésel 2 con Biodiésel B100
Asimismo, se establece que el presente decreto supremo puede ser prorrogado por un máximo de seis (6) meses adicionales, previa evaluación de la evolución del precio internacional del petróleo y su incidencia en los precios internos.
A continuación, compartimos el contenido del Decreto Supremo N° 068-2022-EF.
- Conozca los requisitos a observar en la tramitación de recursos administrativos ante la Administración Tributaria y Tribunal Fiscal
- Aprueban procedimiento general “ZOFRATACNA” DESPA-PG.23 (versión 3)