Sunat busca recuperar S/ 200 millones de más de 400 contribuyentes con deudas en cobranza coactiva.

Sunat busca recuperar S/ 200 millones de más de 400 contribuyentes con deudas en cobranza coactiva.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) realizó, entre el 16 y 20 de julio último, el segundo Operativo de Cobranza en 20 regiones del país, el mismo que consistió en la visita, de manera simultánea, a más de 400 contribuyentes de diversas actividades económicas, que en conjunto mantienen una deuda exigible en cobranza coactiva superior a los 200 millones de soles.

En esta oportunidad se efectuaron embargos en forma de intervención en información, intervención en recaudación y depósitos sin extracción, siendo los principales sectores económicos intervenidos restaurantes, bares y cantinas, hoteles y hospedajes, comercios, transporte de pasajeros, agencias de turismo, entre otros.

La medida de embargo en forma de intervención en información consiste en relevar datos sobre la actividad, movimiento económico y situación patrimonial del deudor tributario, con el fin de hacer efectiva la cobranza de la deuda.

En la medida de intervención en recaudación el interventor se acerca al lugar donde el deudor tributario percibe sus ingresos para que entregue diariamente los montos obtenidos por su actividad comercial y que se destinen para el pago de la deuda.

Por último, con el embargo en forma de depósito sin extracción se afectan los bienes muebles o inmuebles no registrados de propiedad del deudor tributario, nombrándose depositario para la conservación y custodia de los bienes al deudor a un tercero o a la Sunat.

Con este operativo, en el que participaron más de 200 colaboradores de la Administración Aduanera y Tributaria, se buscó inducir a los contribuyentes al pago de su deuda en cobranza coactiva de manera que se evite la ejecución de éstas y otras medidas.

Se debe tener en cuenta que, ante el incumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, se procede a emitir los valores (Órdenes de Pago, Resoluciones de Determinación o Resoluciones de Multa) que si no son cancelados, se inicia el procedimiento de cobranza coactiva con la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC).

En la REC se le otorga siete días hábiles al contribuyente para que cumpla con el pago, bajo apercibimiento de dictarse medidas de embargo. Luego de este plazo, el ejecutor está facultado a dictar las medidas de embargo que considere necesarias para recuperar la deuda.

Fuente: Diario Oficial El Peruano del 11 de agosto de 2024.

https://elperuano.pe/noticia/250039-sunat-busca-recuperar-s-200-millones-de-mas-de-400-contribuyentes-con-deudas-en-cobranza-coactiva

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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