Establecen disposiciones para que los sujetos no domiciliados designados como agentes de retención o de percepción según el artículo 49-A de la Ley del IGV e ISC puedan inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes y actualizar y/o modificar los datos de dicho registro por medios virtuales (Resolución de Superintendencia N° 000173-2024/SUNAT)
Establecen disposiciones para que los sujetos no domiciliados designados como agentes de retención o de percepción según el artículo 49-A
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