Participación de pesca que perciben los trabajadores pesqueros y afectación a Essalud.
Sunat concluye que la “participación de pesca” que perciben los trabajadores pesqueros, en tanto concepto remunerativo, debe ser Incluido en la base de cálculo de la contribución al Essalud que pagan las entidades empleadoras.
INFORME N.º 000015-2024-SUNAT/7T0000
Fecha de emisión: 06.03.2024
Fecha de publicación: 02.04.2024
Con fecha 02 de abril de 2024, se publicó en la página web de Sunat, el Informe N° 000015-2024-SUNAT/7T0000, emitido por la Intendencia Nacional Jurídica de la SUNAT, en el cual se analiza la naturaleza de la participación de pesca que perciben los trabajadores pesqueros.
Al respecto, la materia de consulta y la conclusión contenida en el Informe N° 000015-2024-SUNAT/7T0000, fueron las siguientes:
MATERIA:
Se consulta si el concepto denominado “participación de pesca” que perciben los trabajadores pesqueros, debe ser incluido en la base para el cálculo de la contribución a Essalud por parte de las entidades empleadoras.
CONCLUSIÓN :
La “participación de pesca” que perciben los trabajadores pesqueros, en tanto concepto remunerativo, debe ser incluido en la base de cálculo de la contribución al Essalud que pagan las entidades empleadoras.
A continuación, compartimos el contenido del Informe N° 000015-2024-SUNAT/7T0000.
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