¿Cómo saber si los gastos de la empresa no generarán sanciones?

¿Cómo saber si los gastos de la empresa no generarán sanciones?
 
Es vital que, para evitar esto, los gastos sean catalogados como deducibles y estén correctamente respaldados; de lo contrario, la Sunat cuestionará dichos desembolsos e incluso los desconocerá por completo.
 
Gastos personales, falta de comprobantes, incoherentes con el tipo de giro, donaciones, entre otros, pueden generar más de un dolor de cabeza en las pymes, startups y empresas. La multa varía desde el 50% del tributo omitido (de lo gastado), más la multa mínima del 5% de la UIT, en la que también se puede aplicar una gradualidad del 95%.
 
El pago de impuestos fiscales por parte del sector corporativo y emprendedor es vital, ya que estos permiten sostener los gastos públicos, como obras, construcción de escuelas, hospitales, carreteras, etc.
 
Ante este panorama, existe el concepto de “gastos deducibles” que tiene como objetivo controlar los gastos de la empresa, que a veces pueden caer en la categoría de sospecha.
 
“En nuestro país, la recaudación tributaria a menudo se ve afectada por la forma errónea en que las compañías llevan sus registros contables. Por lo tanto, es vital que conozcan estos costos para evitar errores que resulten en sanciones o auditorías que afecten la estabilidad financiera del negocio”, comenta Carlos Vargas Alencastre, CEO de TPC.
 
En el caso de los gastos deducibles, el sistema tributario del país analiza varios aspectos: los gastos personales realizados a nombre de la empresa, la falta de comprobantes de pago, actos de liberalidad (donaciones), impuesto a la renta, intereses moratorios, gratificaciones, entre otros.
 
“Es vital que, para evitar esto, los gastos sean catalogados como deducibles y estén correctamente respaldados; de lo contrario, la Sunat cuestionará dichos desembolsos e incluso los desconocerá por completo”, añade el CEO de TPC.
 
“Bajo esta lógica, la razonabilidad del gasto será fundamental para medir si el gasto es apropiado para la pyme, startup o empresa. Por ejemplo, si una empresa gasta S/ 2 millones para invertir en redes sociales para su pizzería, pero esto no le trae el resultado esperado, el gasto sigue siendo válido, ya que fue para buscar el beneficio económico del local. Sin embargo, si esta pizzería vende solo S/ 100,000 al año e invierte esa cantidad por mes, quizás puede ser cuestionada. La proporcionalidad busca evaluar el volumen o tamaño del gasto en función de otras variables, como las ventas de la empresa”, añade Vargas.
 
Por otro lado, la causalidad también será analizada por la Sunat al ver los gastos deducibles. Por lo tanto, la empresa siempre debe ser coherente con su giro. “Esto significa que si, por ejemplo, una cafetería comienza a vender asesorías comunicacionales, probablemente, debido al tipo de giro, pueda ser penalizada”, agrega el experto de TPC.
 
Finalmente, el tercer ítem se basa en la “generalidad”. El principio se fundamenta en que los gastos deben estar vinculados a los trabajadores y mostrar que son acordes al tipo de contrato, antigüedad, nivel y jerarquía del empleado.
 
En definitiva, Vargas Alencastre, CEO de TPC, firma especializada en precios de transferencia y gestión tributaria, manifiesta que “contar con un respaldo tributario sólido es esencial para cualquier empresa que busque gestionar de manera efectiva sus gastos deducibles. Además, este respaldo garantiza el cumplimiento de las obligaciones fiscales y brinda a la empresa la confianza y tranquilidad de operar dentro de los parámetros legales, lo que es esencial para mantener su reputación y estabilidad en el mercado”.
 
Fuente: Diario Gestión del 21 de noviembre de 2023.
 
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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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