Amplían plazo para presentar Declaración Jurada Anual y pago del IR: ¿hasta cuándo?

Amplían plazo para presentar Declaración Jurada Anual y pago del IR: ¿hasta cuándo?
 
El Gobierno publicó la Ley 31940 que busca beneficiar a las personas naturales y mypes .
 
El Gobierno publicó la ley que amplia el plazo de entrega de la Declaración Jurada Anual y el pago del Impuesto a la Renta (IR) a nivel nacional para las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (mypes).
 
A través de la Ley 31940, publicada este miércoles en el Boletín del diario El Peruano, se dispone que las personas naturales y las Mypes, del Régimen General del Impuesto a la Renta y del Régimen MYPE Tributario, a nivel nacional, podrán presentar su Declaración Jurada Anual y pagar el Impuesto a la Renta hasta el mes de junio del 2024 respectivamente.
 
La norma precisa que el cronograma de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta (IR) de las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (mypes), conforme al último dígito del registro único de contribuyentes (RUC), es publicado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
 
Asimismo, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) determina la fecha de presentación de la declaración jurada anual y del pago del impuesto a la renta de los buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el registro único de contribuyentes (RUC).
 
Las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (mypes) que no se acojan a lo establecido en los artículos 4 y 5 recibirán incentivos que serán establecidos por la Sunat mediante resolución de superintendencia, indica el dispositivo legal.
 
La ley añade que, mediante resolución de superintendencia, la Sunat establecerá la forma, el plazo y las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley, en un plazo máximo de 70 días calendario, contados a partir del día siguiente de su entrada en vigor.
 
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
 
Como se recuerda, la norma de autoría del fallecido congresista Hernando Guerra García (Fuerza Popular) fue aprobada el pasado 19 de octubre con 95 votos a favor se aplicará a partir del primero de enero del 2024.
 
Fuente: Diario Gestión del 22 de noviembre de 2023.
 
https://gestion.pe/economia/gobierno-publica-ley-que-amplia-plazo-para-presentar-declaracion-jurada-anual-y-pago-del-ir-hasta-cuando-mypes-sunat-ruc-junio-2024-noticia/?ref=gesr
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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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