Gastos por educación a los trabajadores. Condiciones para su deducción.

Gastos por educación a los trabajadores. Condiciones para su deducción.
 
Artículo publicado en la Revista Contable Empresarial PerúContable del mes de noviembre de 2023. págs. 41 a 45.
Puede ser una imagen de una persona y texto que dice "TRIBUTARIO Miguel CARRILLO BAUTISTA Tributario conferencista Gastos por educación a los trabajadores: Condiciones para su deducción INTRODUCCIÓN aspecto empresariales GASTOS deducción de referido gasto que constituir estos 41 debe labor EN RENTA puedan normales. ello, relación gastos por educación en beneficio trabajadores, Impuesto dispuesto cual regula remi- artículo para las em- que delo des- trabajadores, renta habiéndose Artículo En Ley abordamos gastos criteric zado del personal, como emitidos por Administración Tri- Fiscal anali- deducción aludidos gastos contribuciones destinados a personal salud, culturalesy enfermedad cualquier Adicionalmente, serán deducibles que guro cónyuge hijos dor, siempre que estos últimos sean menores gastos"
Puede ser una imagen de texto que dice "de años. También mayores que beneficio empresa refiere 8añosq gastos presente trabajador permitir incrementar la la mejora en lo ingresos Aunado reglamento Renta, referencia artículo norma reglamentaria dis- Ley delartíco Renta Renta tercera determinar aplicarán deducibles 42 Están del artículo mediantel permita una los dispuesto dela Ley, mejor ser contri- gastos destinadas formación sus por grado esto revisión Renta plimiento dispuesto Ley que cum- por renta neta gastos de- puedan deducir beneficios DEL TRABAJADOR relación incurrir educativos beneficio capacitación generan efectuado Jurídica Nacional Aduanas Administración respecto delo decapactacón considerar dispuesto Informe -SUNAT/2B0000 de"
Puede ser una imagen de planos y texto que dice "mpedimento inciso TUO del artículo Renta, gastos beneficio maestria curso su capacitación, grado versan trabajadores, criterios"; sin emitió actividades Renta o Ley en el requiere capacitación establecer personal, lgasto, solo adición Caso gasto realidad sus inherentes cumplan visto capacitación esta por límite para 43 egeneralidad trabajador fuera vinculada afirmar Sunat, gastos Intendencia relación pronunció jurídica 2020- Infor- cual persona teral segunda pregunta com- fine Renta, pago Respecto implicará lo inciso del enta de realiza, dispuesto afirmar que, acápite de lucro cargo fines tercer párra- mismo,"
Puede ser una imagen de planos y texto que dice "rechazar acuerdos operativos y/o esta, solo determinarse cada caso lpago do 0022734 siguió organigrama de post por cargo gerencias los Informes puede gastos gastos diferentes personas. conforme indicado, evaluarse renta dentro estar actividad desarrolla traba- empresa se utilidad por creditado empresa. 44 otras por aprecia cargo TRIBUNAL que dicha tratamiento gastos Tribunal reiterada empresa, para que para proba- tener Así, 11813-4-2016 dencia Resolución resolución correspondiente gastos dad. con Renta del ejercicio extremo. Que del Tribunal por que caso, gasto recu- tiene que por conceptod "Programas General Programa Continuidad cuestiona dichas criterio genera- lidad ocurre acuerdo lo indicado los considerandos"
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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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