Modifican Reglamento de la Ley del IGV
Se reglamenta el tratamiento tributario para que los productores mineros efectúen operaciones de venta de metales, consideradas exportación, a favor de fabricantes nacionales de joyas, a fin de que estos puedan contar con materia prima para producirlas y exportarlas.
Modifican Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo
Decreto Supremo N° 214-2023-EF
Fecha de publicación: 04.10.2023
Fecha de vigencia: 01.11.2023
Con fecha 04 de octubre de 2023, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 214-2023-EF, mediante el cual se modifica el reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.
Al respecto, el Decreto Supremo N° 214-2023-EF, tiene por finalidad reglamentar el tratamiento tributario establecido en el numeral 13 del artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, para que los productores mineros efectúen operaciones de venta de metales, consideradas exportación, a favor de los fabricantes nacionales de joyas, a fin de que estos puedan contar con materia prima para producirlas y exportarlas.
En ese sentido, se incorpora el numeral 12 al artículo 9 del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 29-94-EF, para adecuar el reglamento a lo previsto en el numeral 13 del artículo 33 de la Ley del IGV, que califica como exportación de bienes a la venta de metales realizada por el productor minero al fabricante nacional.
A continuación, compartimos el contenido del Decreto Supremo N° 214-2023-EF.
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