Cierre de Esquela de Citación SUNAT por inconsistencia patrimonial

Cierre de Esquela de Citación SUNAT por inconsistencia patrimonial en la cual se le comunica al contribuyente el cumplimiento de lo requerido.

En caso el contribuyente cumpla con presentar el descargo a la esquela de citación por inconsistencia patrimonial, adjuntando la documentación que sustente los ingresos y salidas de dinero en sus cuentas bancarias durante el periodo objeto de revisión, la Administración Tributaria notificará el Cierre de Esquela en el cual se advierte lo siguiente:

– Se deja constancia que el contribuyente cumplió con presentar la documentación solicitada dentro del plazo otorgado.

– Se puede solicitar prórroga a la fecha prevista para la presentación del descargo, pudiéndose otorgar una prórroga total o parcial por parte de la Administración Tributaria, plazo que deberá ser cumplido por el contribuyente adjuntando el descargo y documentación sustentatoria que desvirtúe la inconsistencia patrimonial.

– Se deja constancia que no se ha configurado la infracción prevista en el numeral 5 del artículo 177° del Código Tributario.

En ese sentido, es importante adjuntar el descargo a la esquela de citación con los fundamentos de hecho y de derecho que desvirtúen la inconsistencia patrimonial, acompañando para ello toda la documentación probatoria dentro del plazo otorgado, a efectos de evitar la incurrir en la infracción prevista en el numeral 5 del artículo 177° del Código Tributario, y un eventual procedimiento de fiscalización tributaria, el cual podría iniciarse si no se cumple con presentar el descargo o la documentación sustentatoria respectiva.

Aunado a ello, es importante solicitar prórroga si no se puede cumplir con el plazo otorgado en la Esquela de Citación, a efectos de conseguir toda la documentación sustentatoria del periodo requerido, y así, se deje constancia en el cierre de esquela por parte de la Administración Tributaria que se cumplió con presentar la documentación sustentatoria y no se incurrió la comisión de alguna infracción tributaria.

Puede ser una imagen de texto que dice "INTENDENCIA LIMA SUNAT CIERRE DE ESQUELAN. RUC razón social Domicilio Lima, de agosto del 2023 (a) RESULTADO Mediante esquela citación 202013. vencimiento resultados: plazo notificada 10/07/2023, solicitó correspondiente tributo 3073p l(los) periodo(s) se procede efectuar Proporcionó DETALLE °2 NO Detallar PARCIAL(1) (1)Detallar informacióny documentación proporcionada parcialmente y/on proporcionada: corresponde. contribuyente presentó presentó realizó Incurrió en se ha24/07/2023. Proporcionó declaración, realizó infracción tipificada atención expediente N° mediante expedientes Techa numeral del artículo las terceros que condiciones establezca Administración Tributaria". del Código Tributario "No Administra Se concluye presente cierre 6:30 horas del día 18/08/2023. Supervisor Inductivas INTENDENCIALIMA"

 

Puntuación: 0 / Votos: 0

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *