Principales diferencias y semejanzas entre la exoneración y la inafectación tributaria

Principales diferencias y semejanzas entre la exoneración y la inafectación tributaria.
 
1.- En la inafectación no se produce el hecho imponible en tanto no se cumple uno o más aspectos de la hipótesis de incidencia tributaria (aspecto objetivo, subjetivo, temporal o espacial), a diferencia de la exoneración, en la cual al cumplirse todos los elementos de la hipótesis de incidencia tributaria sí acontece el hecho imponible.
 
2.- La inafectación puede ser legal o tácita, a diferencia de la exoneración, la cual debe estar expresamente recogida en la Ley o norma con rango de Ley.
 
3.- La inafectación es permanente, mientras que la exoneración es temporal, según lo dispuesto en la Norma VII del Título Preliminar del Código Tributario la exoneración se puede otorgar por un plazo máximo de tres (3) años, con cargo a una renovación de hasta por tres (3) años adicionales, salvo las excepciones expresamente señaladas en la norma, las cuales se pueden otorgar por un plazo mayor (Apéndice I y II de la Ley del IGV y artículo 19° de la Ley del Impuesto a la Renta.
 
4.- Si bien en la inafectación no acontece el hecho imponible y en la exoneración sí, en ambas no nace la obligación tributaria, siendo que en el caso de la exoneración se verifica una norma que dispensa el pago, impidiendo así que nazca la obligación tributaria.
 
5.- Los sujetos inafectos y exonerados de un determinado tributo, no tienen la obligación de presentar declaración jurada determinativa; sin embargo, se encuentran obligados a presentar las declaraciones informativas en la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT, en tanto les resulte aplicable.
 
6.- Los sujetos inafectos y exonerados de un determinado tributo, al igual que cualquier deudor tributario, están sujetos a acciones de verificación, control y fiscalización por parte de la Administración Tributaria, la cual se debe ejercer dentro del plazo prescriptorio y en forma discrecional.
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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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