Publican Ley que modifica el artículo 190 del Código Penal promulgado por el Decreto Legislativo 635 para sancionar en materia de seguridad social
Ley N° 31823
Fecha de publicación: 08.07.2023
Fecha de vigencia: 09.07.2023
Con fecha 08 de julio de 2023, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Ley N° 31823, Ley que modifica el artículo 190 del Código Penal promulgado por el Decreto Legislativo 635 para sancionar en materia de seguridad social.
Al respecto, mediante la Ley N° 31823, se modifica el artículo 190° del Código Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 635, el cual queda redactado en los siguientes términos:
“Artículo 190.- Apropiación ilícita común
El que, en su provecho o de un tercero, se apropia indebidamente de un bien mueble, una suma de dinero o un valor que ha recibido en depósito, comisión, administración u otro título semejante que produzca obligación de entregar, devolver, o hacer un uso determinado, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.
Si el agente obra en calidad de curador, tutor, albacea, síndico, depositario judicial o en el ejercicio de una profesión o industria para la cual tenga título o autorización oficial, la pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años.
Cuando el agente se apropia de bienes destinados al auxilio de poblaciones que sufren las consecuencias de desastres naturales u otros similares la pena será privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de diez años.
Cuando el agente se apropia, desvía o dispone indebidamente en todo o en parte, con fines propios o de terceros, los aportes destinados a la constitución, formación, consolidación o desarrollo de un fondo pensionario o del seguro social de salud, la pena será privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años; si el agente tiene la calidad de servidor público, la pena será no menor de tres ni mayor de seis años y la inhabilitación a que se refieren los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36”.
A continuación, compartimos el contenido de la Ley N° 31823
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