Establecen el procedimiento de devolución del IGV a los turistas ante la entidad colaboradora, la fecha de operatividad del primer puesto de control habilitado y se regulan otras disposiciones (Resolución de Superintendencia N° 000097-2023/SUNAT)

Establecen el procedimiento de devolución del IGV a los turistas ante la entidad colaboradora, la fecha de operatividad del primer puesto de control habilitado y se regulan otras disposiciones (Resolución de Superintendencia N° 000097-2023/SUNAT)

Resolución de Superintendencia que establece el procedimiento de devolución del IGV a los turistas ante la entidad colaboradora, señala la fecha de operatividad del primer puesto de control habilitado y regula otras disposiciones

Resolución de Superintendencia N° 000097-2023/SUNAT

Fecha de publicación: 01.05.2023

Fecha de vigencia: 02.05.2023

Con fecha 01 de mayo de 2023, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia N° 000097-2023/SUNAT, mediante la cual se establece el procedimiento de devolución del IGV a los turistas ante la entidad colaboradora, se señala la fecha de operatividad del primer puesto de control habilitado y se regulan otras disposiciones.

Al respecto, se establece que el establecimiento autorizado emite las Constancias “TAX FREE” a través del sistema informático de la entidad colaboradora, el cual genera un código que las identifica una vez que aquel culmina con el ingreso de la información respectiva en el formulario virtual que se encuentra disponible en dicho sistema.

De otro lado, se dispone que el turista, que a la fecha de su salida del Perú no haya superado el tiempo autorizado de permanencia en el país para ser calificado como tal, puede iniciar el procedimiento ante la entidad colaboradora para solicitar la devolución del IGV que haya gravado sus adquisiciones de bienes realizadas durante dicho tiempo en los establecimientos autorizados, para ello, el turista puede utilizar el kiosco de autogestión o la aplicación móvil de acuerdo con el procedimiento previsto en la norma.

Dentro del plazo de cinco (5) días calendarios, contados a partir del día calendario siguiente de registrada la solicitud de devolución del IGV, la entidad colaboradora abona en la tarjeta de débito o de crédito del turista el importe correspondiente, descontando previamente la comisión que dicha entidad le cobre por la prestación de este servicio.

Asimismo, se señala que, para solicitar a la SUNAT el reembolso de los importes devueltos a los turistas, la entidad colaboradora debe presentar el Formulario Virtual N° 1649-Solicitud de devolución, a través de SUNAT Virtual, utilizando su código de usuario y la clave SOLEN SUNAT Operaciones en Línea.

 

En cuanto al puesto de control habilitado del terminal internacional aéreo, se indica que este se encuentra ubicado en la zona de control de preembarque del primer piso del mencionado terminal el cual se encontrará habilitado a partir del 02 de mayo de 2023.

 

La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

 

A continuación, compartimos el contenido de la Resolución de Superintendencia N° 000093-2023/SUNAT.

Puede ser una imagen de planos y texto que dice "EIPeruano Lunes 1.ey2023 Firmado por. Editora Peruano 01/05/2023 00:39 MES NÚMERO BASE: NORMASLE LEGALES 2023 ENERO MENSUAL ACUMULADA 109.06 correspondiente mes abril mensual acumulada. AÑO 0.46 como Artículo CIEMBRE 2023 MENSUAL ACUMULADA ENERO 134,766156 135,062645 VARIACIÓN MENSUAL ACUMULADA Disponer MARZO difusión Procios 2023 conomia 2173759-1 indicador. SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADUANAS ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA 2173758-1 de Por Mayor Nivel correspondiente mes de abril e2023 entidad RESOLUCIÓN JEFATURAL procedimiento ante fecha primer control habilitado yregula disposiciones CONSIDERANDO: Ministerial IMED CONTROL CONSIDERANDO: Nacional Estadistica SERESUELVE: Artículo Indice Precios Diciembre"

Puede ser una imagen de texto que dice "Tributaria realizar aatdos salida NORMASLEGALES Artículo ElPeruano que promover tiene por finalidad ao mea tunsmo Artículo -Definiciones por lapresente resolución, Aplicación entiende terminale señalados el b) Clave SOL c) Código usuario SUNAT terminales Reglamento, elturista SERESUELVE e) Código Tributario aplicación Artículo Establecer f) Supremo evolución documento numeral operativo que g) identidad artículo mportes articulo 11-A Reglamento."

Puede ser una imagen de texto que dice "ElPeruano /Lunes demayode2023 Entidad colaboradora NORMAS LEGALES urídica del Cuando ama mencione un artículo entiende indicar Establecimiento autorizado j) Factura autorizado previsto IGV 2023/SUNAT impuesto general devolución m) Ordenado autogestión n) Liquidación decotro habilitado documento o) Reglamento SUNAT control: Superintendencia Tributaria. SUNAT Línea puesto documento r) SUNAT Virtual SUNAT digital(es)u establecimiento s) Turista natural extranjera calidad articulo élmism efectua canal adan refiere"

Puede ser una imagen de texto que dice "valida turista, número tarjeta e NORMASLEGALES débito importe Artículo demayo información puesto registro ElPeruano control habilitado b)Aplicación solicitud control I solicitar terinal del anexo puesto través vigencia Presone resolución. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES entra vigencia -Solicitud Virtual Solicitud doe rino reembolso publíquese CASTILLO solicitud ANEXO EDEVOLU XFREE APELL MIENTOAUTORIZADOEN TURISTA IRMACIÓNDEL MONTO EVUELTOAL URISTA CANAL CONTROL 2173450-1 segundo presentaciór prevista SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES párrafo Para anexo fora Designan Jefe Oficina General de Administración delaSUCAMEC RESOLUCIÓN presente 2023"

 

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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