Incentivo al turismo: Revise aquí el nuevo esquema de devolución del IGV (Fuente: Diario Oficial El Peruano del 17.04.2023)

Incentivo al turismo: Revise aquí el nuevo esquema de devolución del IGV
 
Flexibilizan condiciones para la devolución del IGV.
 
17/04/2023 El Gobierno flexibilizó las condiciones para calificar como establecimientos cuyas adquisiciones dan derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) a favor de los turistas extranjeros.
 
Fue con la publicación del Decreto Legislativo Nº 1548, aprobado de conformidad con la delegación de facultades otorgadas por el Poder Legislativo mediante la Nº 31696.
 
De acuerdo con la norma, este beneficio se efectuará mediante la Sunat o de entidades colaboradoras del ente fiscal, o de ambas. Un reglamento precisará los requisitos exigibles a estas entidades.
 
En caso de utilización de entidad colaboradora, esta podrá cobrar a los turistas la prestación del servicio. La entidad colaboradora solicita a la SUNAT el reembolso de los importes devueltos a los turistas.
 
La devolución, además, se realizará respecto de las adquisiciones de bienes que se efectúen en los establecimientos calificados por la Sunat como aquellos cuyas adquisiciones dan derecho a la devolución del IGV a favor de los turistas, los cuales deben inscribirse en el registro que para tal efecto implemente la Sunat.
 
Tampoco deberán haber sido calificados por esta con alguno de los dos niveles más bajos de cumplimiento de los establecidos en la normativa correspondiente.
 
El referido registro tiene carácter constitutivo, debiendo cumplirse con las condiciones y requisitos que señale el reglamento para inscribirse y mantenerse en este, establece la norma que modifica el artículo 76 de la Ley del impuesto general a las ventas e Impuesto selectivo al consumo.
 
Para la devolución del IGV a favor de los turistas, los establecimientos cuyas adquisiciones dan derecho a la citada devolución son calificados por la Sunat como tales, sin requerir que se encuentren en el Régimen de Buenos Contribuyentes o que cuenten con alguno de los niveles de cumplimiento requerido por la normativa correspondiente.
 
Al respecto, el titular de Comercio Exterior y Turismo, Luis Helguero, adelantó que este beneficio en favor del turismo receptivo, conocido también como Tax Free, podría comenzar a ejecutarse desde junio próximo.
 
Esquema
 
Este beneficio tributario consiste en que el turista que ingresa al país adquiere los bienes que darán derecho a la devolución del IGV en los establecimientos autorizados (EA), recibiendo por su compra una factura electrónica y la Constancia Tax Free.
 
Antes de salir del país, en la caseta instalada en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, el turista solicita la devolución del IGV y la Sunat verifica la salida de dichos bienes. Luego, el turista recibe el importe de la devolución en su tarjeta de débito o crédito consignada en su solicitud de devolución.
 
Fuente: Diario Oficial El Peruano del 17 de abril de 2023.
 
http://elperuano.pe/noticia/210275-incentivo-al-turismo-revise-aqui-el-nuevo-esquema-de-devolucion-del-igv
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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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