Los tres beneficios tributarios que vencen el 31 de diciembre del 2022

Los tres beneficios tributarios que vencen el 31 de diciembre del 2022.

En dos de ellos, la última palabra sobre su ampliación la tiene el Pleno del Congreso de la República.

Durante el 2022 aprobaron una serie de normas con impacto en el sector empresarial, entre ellas, algunas relacionadas con exoneraciones temporales en materia tributaria, como la reducción del IGV para empresas mype del sector gastronomía y turismo. No obstante, otras normas están próximas a vencer.

En comunicación con gestion.pe, el abogado tributarista Miguel Carrillo, detalló cuáles son los tres beneficios tributarios que vencen el 31 de diciembre de este año:

1. Beneficios tributarios previstos en la Ley N° 30309,

La Ley que promueve la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica (I+D+i) fue modificada mediante el Decreto de Urgencia N° 010-2019 que dispuso la ampliación de la Ley N° 30309 hasta el 31 de diciembre de 2022.

Dicha norma reconoce el gasto efectuado en estas actividades, como proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, calificados y autorizados por el Concytec y, además, una deducción adicional equivalente a un porcentaje del gasto en innovación, que puede ser del 50%, 75% o hasta 115%.

2. Exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II de la Ley del IGV.

Mediante el Decreto Legislativo N° 1519 se dispuso la vigencia de las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II de la Ley del IGV hasta el 31 de diciembre de 2022.

Frente a ello, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó un proyecto de ley para ampliar la vigencia de la norma hasta diciembre del 2025. Dicho beneficio tributario alcanza a las hortalizas, legumbres, menestras y frutas e insumos para el agro (fertilizantes y abonos) y de crianza de los animales; y tendrá alcance también en los sectores de transportes, comunicaciones, vivienda, cultura y relaciones exteriores.

El dictamen pasó a la agenda del pleno el pasado 16 de diciembre y se espera su aprobación antes de la fecha de expiración.

3. Deducción adicional de gastos de las rentas de cuarta y quinta categoría.

Mediante la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 31103, publicada el pasado 30 de diciembre de 2020, se dispuso que por los ejercicios gravables 2021 y 2022, el gasto deducible será el 50% de los servicios de guías de turismo y servicios de turismo de aventura, ecoturismo o similares, así como los servicios de artesanos, siempre y cuando se cumplan con los requisitos previstos en el reglamento, cuando el prestador del servicio genere renta de tercera categoría.

“De no ampliarse el porcentaje de deducción como gasto, para los generadores de rentas de cuarta y quinta categoría de los servicios en referencia, el porcentaje de deducción para servicios turísticos y artesanos, sería del 30% contenido en el recibo por honorarios emitidos por dichos prestadores de servicios, y el 15% por consumos en restaurante, bar, discoteca y hospedaje”.

En tanto la aplicación de la deducción de hasta el 25% de los gastos deducibles para persona natural que genera renta de cuarta categoría por consumo en bar, restaurante, discoteca sustentados en boleta de venta electrónica, volvería a partir del 1 de enero del 2023, al porcentaje del 15%.

Fuente: Diario Gestión del 21 de diciembre de 2022.

https://gestion.pe/economia/sunat-igv-los-tres-beneficios-tributarios-que-vencen-el-31-de-diciembre-del-2022-facturas-noticia/

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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