Devolución de impuestos: ¿a quiénes corresponde y cómo reclamarlo?

Devolución de impuestos: ¿a quiénes corresponde y cómo reclamarlo?

Sunat indicó que hay más de 316,000 personas que aún no cumplen con los requisitos para que se le deposite el saldo a favor. Aquí te contamos todo sobre la devolución de impuestos de oficio.

Los trabajadores formales que están en planilla o emitan recibos por honorarios tienen derecho a la devolución del Impuesto a la Renta (IR). Este año alrededor de 500,000 personas serán los que tendrán un saldo a favor, según la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). En esta nota entérate cómo poder acceder a este beneficio y cuándo se realizará el depósito.

El requisito principal es sustentar los gastos con boletas electrónicas en consumos en restaurantes, bares, hoteles, contratos de servicios profesionales, técnicos o cumple con hacer las aportaciones por trabajadoras del hogar.

El tope máximo para gastos deducibles es de 3 unidades impositivas tributarias (UIT), que equivalen actualmente a S/ 13,800. La deducción total de este monto solo aplica si los ingresos anuales obtenidos por el trabajador superan las 7 UIT.

Para este año, el monto máximo de devolución del impuesto a la renta del trabajo (4ta y 5ta categoría) será de S/ 4,140. Esta suma solo sería en caso de que se sustenten gastos personales por el tope de S/ 13,800 y se tenga un ingreso anual mínimo de S/ 253,000.

Fuente: Sunat
Fuente: Sunat

¿Cuándo se hará la devolución de impuestos?

Sunat iniciará la devolución de oficio, con saldo a favor del IR 2021, al día siguiente hábil de culminado el período de vencimiento de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2021.

Es decir a partir del lunes 11 de abril se realizará la devolución para los trabajadores en planilla que hicieron gastos deducibles de consumos en bares, restaurantes, hoteles, entre otras actividades.

Pasos para saber si eres uno de los beneficiarios

El contribuyente que quiere saber si tiene una devolución de oficio del ejercicio 2021 debe ingresar AQUÍ.

Luego tendrá que poner los datos que les solicitan en la ventana de Sunat:

  • Número de DNI.
  • De contar con una devolución de oficio se mostrará una pantalla en la cual te avisa que se realizará el abono en tu cuenta de ahorros en forma automática.
  • Fecha de nacimiento.

De contar con una devolución de oficio se mostrará una pantalla en la cual te avisa que se realizará el abono en tu cuenta de ahorros en forma automática.

Además, menciona que si desea conocer el detalle de su deducción y saldo a devolver se requiere contar con la clave SOL.

Si no cuenta con clave SOL, puedes generar una en este ENLACE.

¿Cómo se hará la devolución?

La devolución de ese saldo se efectúa de manera automática, sin necesidad de hacer alguna gestión personal, con el depósito en su cuenta bancaria, siempre y cuando el propio trabajador o su empleador haya registrado su Código de Cuenta Interbancario (CCI) en la Sunat.

A la fecha, se tiene conocimiento que más de 184,000 de estos trabajadores sí han cumplido con registrar su CCI. El monto estimado de devolución a este grupo asciende a S/ 68.2 millones.

Si resulta que tiene una devolución, la Sunat le notificará una resolución donde consigna el importe que tiene a favor del contribuyente, y la enviará a su buzón electrónico de la clave SOL; a la vez, realizará el depósito del importe en la cuenta bancaria que se ha informado.

¿Cómo registrar mi CCI?

Según Sunat, existen alrededor de 316,000 trabajadores en planilla que, siendo beneficiarios de la devolución de oficio del IR 2021, aún no han registrado su CCI en la Sunat.

Con esa finalidad, aquellas personas naturales que tienen RUC pueden registrar o actualizar su CCI de la siguiente manera:

  • Ingresar a www.sunat.gob.pe.
  • Hacer clic en “Operaciones en Línea (SOL)”.
  • Selecciona la opción “Mis trámites y consultas”.
  • Luego digitar el número de DNI o RUC y contraseña para iniciar sesión.
  • En el módulo “Personas” acceder a la opción “Otras declaraciones y solicitudes”.
  • Dar clic a la opción “Mis devoluciones”.
  • Posteriormente, seleccionar “Código de Cuenta Interbancario”.

Cabe indicar que, también se puede registrar el CCI desde sus smartphones, mediante el APP Personas Sunat, disponible en las tiendas virtuales APP Store y Google Play.

Para que sea válido el registro del CCI, la cuenta debe ser en moneda nacional, pertenecer al beneficiario de la devolución y no debe corresponder a una cuenta de CTS.

Fuente: Diario Gestión del 15 de febrero de 2022.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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