Facilitan a contribuyentes el pago de detracciones

MEDIDA EVITA ERRORES, RECONSIDERACIONES Y QUEJAS

Facilitan a contribuyentes el pago de detracciones

Sunat habilita la propuesta automática de constancia de pago, informa.
12/10/2021 La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) habilitó la propuesta automática de la constancia de pago de detracciones por las operaciones gravadas con el impuesto general a las ventas (IGV).

La digitalización de este y otros procesos son parte de la estrategia de transformación digital de la Sunat.

De esta manera, la entidad recaudadora facilita y simplifica ese proceso al hacer innecesario que los contribuyentes digiten y calculen los datos, con lo cual se facilita a su vez el pago de detracciones.

La propuesta automática es elaborada con la información consignada en las facturas electrónicas de las operaciones sujetas a detracción, la cual, una vez aceptada por el contribuyente, puede ser utilizada para efectuar el pago correspondiente con sus cuentas bancarias mediante la Plataforma de Mis Declaraciones y Pagos-Sunat o generar el Número de Pago de Detracciones (NPD) para su cancelación en el Banco de la Nación (págalo.pe).

Beneficios

El superintendente nacional de Sunat, Luis Enrique Vera Castillo, precisó que esta funcionalidad fue habilitada en setiembre último y beneficia a más de 900,000 contribuyentes con cuentas de detracciones que ingresaban, de manera manual o mediante la carga de un archivo, la información sobre las detracciones para efectuar el depósito respectivo, lo que en no pocos casos ocasionaba errores involuntarios de registro y cálculo.

Ahora, añadió, solo deberán ingresar a Sunat Virtual y ver en el sistema todas las facturas electrónicas con pago de detracción pendiente para abonarlas de manera individual o masiva.

De esta forma, al reducirse el riesgo de errores en el ingreso manual de la información o mediante la carga de un archivo, se previene posibles inconsistencias que afecten el uso del crédito fiscal al no poder acreditar la cancelación de la detracción respecto de los comprobantes anotados en el registro de compras.

Definiciones

Las detracciones constituyen un sistema que ayuda a la recaudación del IGV que consiste en la generación de una detracción (descuento) que hace el comprador (un porcentaje sobre el precio de venta del servicio o bien comprado), el cual es depositado en la cuenta corriente a nombre del proveedor del bien o servicio para que pueda ser usado por este en el pago de sus deudas tributarias.

La digitalización de este y otros procesos son parte de la estrategia de transformación digital de la Sunat para facilitar el cumplimiento tributario de todos los contribuyentes, destacó Vera Castillo.

Fuente: Diario Oficial El Peruano del 12 de octubre de 2021.

Puntuación: 0 / Votos: 0

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *