Sunat regula registro de operaciones sobre insumos químicos fiscalizados

Sunat regula registro de operaciones sobre insumos químicos fiscalizados

Con la finalidad de fortalecer el control de insumos químicos, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) aprobó la norma que regula las obligaciones de registro de operaciones y de informar pérdidas, robo, derrames, excedentes y desmedros.

La Resolución de Superintendencia Nº 000122-2021/SUNAT señala que el inventario inicial debe realizarse e informarse a la Sunat por las presentaciones de bienes fiscalizados de cada uno de los establecimientos inscritos en el registro y de los empresas terceras inscritas en el citado registro que le prestan el servicio de almacenamiento de bienes fiscalizados.

También se precisa que en el caso no se cuente con stock por presentaciones en determinado(s) establecimiento(s), se debe registrar cero como valor de aquel e informarlo así a la Sunat.

Registro del inventario inicial

El usuario que recién se inscribe o se inscriba nuevamente en el registro tiene la obligación de anotar su inventario inicial y presentarlo a la Sunat a partir de la fecha de inicio de vigencia de su inscripción.

En el caso del usuario que ya se encuentre inscrito debe registrar la fecha del alta del nuevo bien fiscalizado.

Registro diario de operaciones por establecimiento

Si por causas no imputables al usuario, no pueda registrar sus operaciones diarias realizadas en un determinado establecimiento declarado en el Registro, las registrará desde cualquier lugar en que tenga acceso a Sunat Operaciones en Línea, hasta antes del vencimiento del plazo establecido para la presentación consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones del mes a informar.

Presentación consolidada mensual de la información del registro diario de operaciones.

El usuario debe presentar a la Sunat la información que contengan los registros diarios de operaciones de sus establecimientos y de las empresas de terceros que le prestan el servicio de almacenamiento, de manera consolidada y mensual, incluyendo todas las operaciones realizadas desde la 00:00:00 horas del primer día calendario hasta las 23:59:59 horas del último día calendario del mes a informar.

Fuente: Diario Oficial El Peruano del 31 de agosto de 2021.

https://elperuano.pe/noticia/128073-sunat-regula-registro-de-operaciones-sobre-insumos-quimicos-fiscalizados

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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