Flexibilizan reglas para la micro y pequeña empresa
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Flexibilizan reglas para la micro y pequeña empresa
Institución amplía plazo para emitir las facturas de venta electrónicas.
En efecto, mediante la Resolución de Superintendencia N° 128-2021/Sunat, se estableció que aquellos contribuyentes que durante el 2019 obtuvieron ingresos en el rango de 96,600 a 315,000 soles (de 23 UIT a 75 UIT), deberán emitir factura electrónica a partir del 1 de enero del 2022, y boleta de venta electrónica a partir del 1 de abril del 2022.
El plazo anterior para este grupo de contribuyentes era el 1 de setiembre, razón por la que ahora tienen varios meses adicionales para adoptar sus sistemas e incorporarse a la facturación electrónica.
De la misma manera, para los contribuyentes que durante el 2019 obtuvieron ingresos menores a 96,600 soles (23 UIT), la obligación de emitir facturas electrónicas se iniciará el 1 de abril del 2022 y boletas de venta electrónica el 1 de junio del 2022; y ya no el 1 de enero del 2022.
El establecimiento de nuevas fechas para la emisión obligatoria de CPE obedece a la necesidad de brindar a estas empresas la oportunidad de terminar sus procesos de implementación de la facturación electrónica que, por diversos factores, en varios casos no ha concluido.
Con esta norma, la entidad tributaria ha establecido que la totalidad de las empresas se encontrarán dentro del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) al terminar el primer semestre del próximo año.
La emisión de comprobantes de pago electrónicos facilita el cumplimiento de las obligaciones a los contribuyentes y también reduce los costos de impresión, almacenaje y conservación de documentos físicos, mejorando, además, los controles y registro.
Con la finalidad de masificar el uso del CPE en el país, a la par de establecer normas que regulan su emisión, la Sunat ha desarrollado aplicaciones web y móviles que facilitan esta gestión para los contribuyentes, tanto para la emisión electrónica de facturas como para boletas y recibos por honorarios.
Registro
La administración tributaria además avanza con la implementación gradual de la generación del registro de ventas e ingresos electrónicos. Con ello, los contribuyentes ya no tendrán que elaborar cada mes el citado registro, sino que podrán confirmar o complementar la propuesta automática generada por la Sunat. También posibilitará contar con un sistema de alertas que le permite corregir posibles contingencias en la emisión de sus comprobantes de pago electrónico.
Fuente: Diario Oficial El Peruano del 31 de agosto de 2021.