Flexibilizan reglas para la micro y pequeña empresa

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Flexibilizan reglas para la micro y pequeña empresa

Institución amplía plazo para emitir las facturas de venta electrónicas.
31/08/2021 
Nuevas fechas a partir de las cuales las micro y pequeñas empresas deben emitir facturas y boletas de venta electrónicas, como parte del proceso de masificación del Comprobante de Pago Electrónico (CPE), aprobó la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).

En efecto, mediante la Resolución de Superintendencia N° 128-2021/Sunat, se estableció que aquellos contribuyentes que durante el 2019 obtuvieron ingresos en el rango de 96,600 a 315,000 soles (de 23 UIT a 75 UIT), deberán emitir factura electrónica a partir del 1 de enero del 2022, y boleta de venta electrónica a partir del 1 de abril del 2022.

El plazo anterior para este grupo de contribuyentes era el 1 de setiembre, razón por la que ahora tienen varios meses adicionales para adoptar sus sistemas e incorporarse a la facturación electrónica.

De la misma manera, para los contribuyentes que durante el 2019 obtuvieron ingresos menores a 96,600 soles (23 UIT), la obligación de emitir facturas electrónicas se iniciará el 1 de abril del 2022 y boletas de venta electrónica el 1 de junio del 2022; y ya no el 1 de enero del 2022.

El establecimiento de nuevas fechas para la emisión obligatoria de CPE obedece a la necesidad de brindar a estas empresas la oportunidad de terminar sus procesos de implementación de la facturación electrónica que, por diversos factores, en varios casos no ha concluido.

Con esta norma, la entidad tributaria ha establecido que la totalidad de las empresas se encontrarán dentro del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) al terminar el primer semestre del próximo año.

La emisión de comprobantes de pago electrónicos facilita el cumplimiento de las obligaciones a los contribuyentes y también reduce los costos de impresión, almacenaje y conservación de documentos físicos, mejorando, además, los controles y registro.

Con la finalidad de masificar el uso del CPE en el país, a la par de establecer normas que regulan su emisión, la Sunat ha desarrollado aplicaciones web y móviles que facilitan esta gestión para los contribuyentes, tanto para la emisión electrónica de facturas como para boletas y recibos por honorarios.

Registro

La administración tributaria además avanza con la implementación gradual de la generación del registro de ventas e ingresos electrónicos. Con ello, los contribuyentes ya no tendrán que elaborar cada mes el citado registro, sino que podrán confirmar o complementar la propuesta automática generada por la Sunat. También posibilitará contar con un sistema de alertas que le permite corregir posibles contingencias en la emisión de sus comprobantes de pago electrónico.

Fuente: Diario Oficial El Peruano del 31 de agosto de 2021.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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