Habilitan sistemas para factura virtual

ATENCIÓN, PROVEEDORES DEL ESTADO

Habilitan sistemas para factura virtual

Desde el 1° de octubre deberán usarse herramientas.
15/08/2021 Los proveedores del Estado tendrán a su disposición cuatro sistemas para que a partir del 1° de octubre cumplan con su obligación de emitir facturas electrónicas por efectuar operaciones de venta de bienes o la prestación de servicios a las entidades públicas y/o unidades ejecutoras.

Se trata de los sistemas SEE SOL, SEE Sistemas del contribuyente, SEE Facturador y SEE Operador de servicios electrónicos (OSE), informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) en su reciente boletín.

Esto en aplicación de la Resolución de Superintendencia N° 048-2021/Sunat, mediante la cual se estableció dicha obligación, cuya ejecución posibilitará un mejor control y gestión del gasto público porque con el comprobante electrónico se podrá gestionar “a quién, qué y cuánto” compran las entidades del Estado.

A su vez, permitirá contar con un mejor perfil de proveedores del sector público y posibilitará a las entidades públicas mejorar su gestión administrativa, lo que coadyuvará en el proceso de transformación digital en el Estado.

Además, con la emisión del comprobante electrónico se simplificará el cumplimiento de las obligaciones de más de 1,300 entidades públicas, toda vez que las instituciones estatales tienen la exigencia de presentar información sobre las adquisiciones de bienes y servicios de manera periódica, lo que se sustentará en facturas electrónicas.

La emisión electrónica de comprobantes de pago contribuye a la mejora de la competitividad de las empresas, así como a un control más eficiente del cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Excepciones

La Sunat resalta que la mencionada norma introdujo modificaciones de interés general, como la efectuada al Reglamento de Comprobantes de Pago, en la que se establecen excepciones para la emisión de facturas en las operaciones con las entidades del Estado. Entre estas figuran las operaciones realizadas con sujetos del nuevo Régimen Único Simplificado y las que involucren a entidades comprendidas en el inciso h) del numeral 3.1 del artículo 3 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones de Estado, el cual se refiere a los fondos constituidos total o parcialmente con recursos públicos, sean de derecho público o privado, refiere la Sunat.

Fuente: Diario Oficial El Peruano del 15 de agosto de 2021.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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