Base imponible de las aportaciones a ESSALUD para los trabajadores de la actividad agraria
Base imponible de las aportaciones a ESSALUD para trabajadores de la actividad agraria.
SUNAT concluye que la base imponible de las aportaciones al ESSALUD para los trabajadores de la actividad agraria, a cargo del empleador, está constituida por la remuneración básica; siendo esta uno de los conceptos que conforman la remuneración y que incluye todo tipo de remuneración principal; entendiéndose por tal a la remuneración que retribuye directamente la prestación del servicio, sea fija, variable o imprecisa (como el destajo o el pago por tarea).
Informe N° 063-2021-SUNAT/7T0000
Fecha de emisión: 02.07.2021
Fecha de publicación: 08.07.2021
Con fecha 08 de julio de 2021, se ha publicado en la página web de SUNAT, el Informe N° 063-2021-SUNAT/7T0000, emitido por la Intendencia Nacional Jurídica mediante el cual se analiza se absuelve una consulta referida a los conceptos que forman parte de la base imponible de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) para los trabajadores de la actividad agraria, a cargo del empleador, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31110.
Al respecto, en el aludido Informe N° 063-2021-SUNAT/7T0000, la Administración Tributaria ha concluido que La base imponible de las aportaciones al ESSALUD para los trabajadores de la actividad agraria, a cargo del empleador, está constituida por la remuneración básica; siendo esta uno de los conceptos que conforman la remuneración y que incluye todo tipo de remuneración principal; entendiéndose por tal a la remuneración que retribuye directamente la prestación del servicio, sea fija, variable o imprecisa (como el destajo o el pago por tarea).
A continuación, compartimos el contenido del Informe N° 063-2021-SUNAT/7T0000.
MATERIA:
Se consulta cómo debe determinarse la base imponible de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) para los trabajadores de la actividad agraria, a cargo del empleador, en el marco de lo dispuesto por la Ley N.° 31110.
CONCLUSIÓN:
La base imponible de las aportaciones al ESSALUD para los trabajadores de la actividad agraria, a cargo del empleador, está constituida por la remuneración básica; siendo esta uno de los conceptos que conforman la remuneración y que incluye todo tipo de remuneración principal; entendiéndose por tal a la remuneración que retribuye directamente la prestación del servicio, sea fija, variable o imprecisa (como el destajo o el pago por tarea).
https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2021/informe-oficios/i063-2021-7T0000.pdf