28/06/2021 El Poder Ejecutivo aprobó cambios al Programa de Garantías Estatales creado mediante el Decreto Legislativo N°1508, el cual permite incrementar la capacidad del sistema financiero para enfrentar escenarios de mayor demanda de liquidez en el marco de la crisis sanitaria.
Entre las principales modificaciones se encuentran que la obligación para contar con una clasificación de riesgo “normal” según el último reporte crediticio de la SBS, se computará ahora desde la fecha de acogimiento a los programas de apoyo (las condiciones anteriores señalaban que se tenía que contar con tal clasificación de riesgo hacia el 29 de febrero del 2020).
Asimismo, se determinó que las entidades financieras participantes no pueden aumentar su financiamiento a las personas naturales y jurídicas vinculadas desde la fecha de ingreso a los programas.
Asimismo, el Gobierno amplió los plazos de acogimiento a los programas PAE-Mype, FAE-Agro y FAE-Turismo; así como también para el acogimiento a la reprogramación de créditos de los programas Reactiva Perú y FAE-Mype. En todos los casos el nuevo plazo será hasta el 30 de setiembre del presente año.
De esta manera, se busca que más mypes y pequeños productores agrarios tengan acceso a financiamiento con los programas PAE-Mype, FAE-Agro y FAE-Turismo. Especialmente, este mayor plazo permitirá que el sector agrario tenga facilidad para acceder a recursos dado que los mayores volúmenes de crédito agrario ocurren entre los meses de mayo y agosto.
Por otro lado, en relación con el retiro de fondos de pensiones, el Gobierno aprobó que las empresas del sistema financiero, incluido el Banco de la Nación, y empresas emisoras de dinero electrónico supervisadas por la SBS, puedan abrir cuentas, masiva o individualmente, a favor de las personas que retiraron parte de sus fondos privados de pensiones.
La medida permitirá que los afiliados no tengan restricciones para recibir sus retiros, y estará vigente hasta el 30 de noviembre.