Amplian hasta el 31.12.2020 el plazo para acogerse al RAF

Amplían hasta el 31.12.2020 el plazo para acogerse al RAF

Aprueban la ampliación del plazo para el
acogimiento al régimen de aplazamiento
y/o fraccionamiento de las deudas
tributarias administradas por la SUNAT

Decreto Supremo No. 285-2020-EF

Fecha de publicación: 28.09.2020
Fecha de vigencia: 29.09.2020

Con fecha 28 de setiembre de 2020, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo No. 285-2020-EF, mediante el cual se amplia hasta el 31 de diciembre de 2020, el plazo para el acogimiento al régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la SUNAT (RAF).

Cabe recordar que dicho plazo hasta antes de la publicación de la norma vencía el 30.09.2020.

A continuación, compartimos el contenido del Decreto Supremo No. 285-2020-EF

Aprueban la ampliación del plazo para el acogimiento al régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la SUNAT

DECRETO SUPREMO

Nº 285-2020-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1487 se establece el Régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT (RAF);

Que, el párrafo 12.2 del artículo 12 del citado decreto dispone que el plazo para presentar la solicitud de acogimiento al referido Régimen se inicia en la fecha de entrada en vigencia de la resolución de superintendencia de la SUNAT que establezca la forma y condiciones para la presentación de dicha solicitud y concluye el 31 de agosto de 2020; plazo que, agrega la norma, puede ser ampliado mediante decreto supremo de acuerdo con la evaluación de los efectos económicos de la pandemia generada por el COVID-19;

Que, mediante la segunda disposición complementaria final del Decreto Supremo Nº 155-2020-EF, que aprueba el reglamento del RAF, se amplió hasta el 30 de septiembre de 2020 el plazo para la presentación de la solicitud del acogimiento al citado régimen;

Que, de acuerdo con la evaluación de los efectos económicos de la pandemia generada por el COVID-19, resulta necesario ampliar el plazo para la presentación de la solicitud de acogimiento al RAF;

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 12.2 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1487, en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

DECRETA:

Artículo 1. Ampliación del plazo para presentar la solicitud de acogimiento al RAF

Amplíase hasta el 31 de diciembre de 2020 el plazo para la presentación de la solicitud del acogimiento al Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.

Artículo 2. Refrendo

El presente decreto supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil veinte.

MARTIN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI

Ministra de Economía y Finanzas

1888180-2

Puntuación: 5 / Votos: 1

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *