Fiscalización de operaciones de E-commerce
Fiscalización de operaciones de E-commerce
Los servicios digitales y venta de productos por internet es un tema importante en estos días, por su natural aumento debido a las circunstancias de la emergencia sanitaria.
12/6/2020
Francisco Pantigoso
Catedrático de las Universidades Pacífico – UPC
La Sunat ha anunciado una fuerte fiscalización de ello y está en plena detección del movimiento e-commerce, vía el uso de tecnologías de la ciencia de datos, inteligencia artificial y big data. Es con la identificación de los diversos y variados anuncios de operaciones por internet que ha de presumir el fisco la concreción de operaciones, y planteará, de seguro, requerimientos o cartas inductivas para que los implicados expliquen los supuestos ingresos recibidos.
Así, por ejemplo, si un curso digital anunciado masivamente por redes no ha tenido participantes por la coyuntura, se deberá tener la prueba en contrario de la presunción que planteará la Sunat de cobros realizados. Es decir, se deberá probar el no ingreso de abonos por inscripciones mediante pasarelas de pagos activadas u otros medios similares. Basta que el contribuyente anuncie una venta de productos —como mascarillas, protectores faciales y similares— para que se active una alerta de suposición de ventas que con todo derecho puede presumir el fisco haberse efectuado de manera empresarial y habitual. Y entonces pedirá la rendición de cuentas respectiva, muchas veces apoyado con el cruce de la data de importaciones que ahora aumenta respecto de los productos ofrecidos y de alta demanda hoy en el mercado. En el caso de servicios digitales de no domiciliados en los que se grava su utilización económica en el país, se deberá confirmar que es prestado por “accesos en línea” (como internet) y ser “esencialmente automático”; la retención del IR asciende al 30%, lo cual debiera efectuarse en el momento del pago, aparte del gravamen del IGV por uso de servicios.
Si bien en estos momentos no se aplica una multa por no retener a tiempo, se deberá estar atento al calendario de prórrogas para efectivizar, en su debido momento, esa retención.
A cuidar la prueba de los ingresos y la contrapartida de los gastos relacionados, como pudieran ser los gastos de marketing por un curso en línea.