Las diez medidas tributarias que el Gobierno planea aplicar con facultad del Congreso
Desde la modificación de los regímenes tributarios para pequeños contribuyentes, hasta medidas excepcionales para afrontar el Covid-19.
El Ejecutivo presentó un proyecto de ley al Congreso solicitando facultades legislativas en diferentes materias con el objetivo de enfrentar la pandemia del Covid-19. En ese sentido, el Gobierno de Martín Vizcarra plantea un total de 10 medidas tributarias y fiscales que deberán ser autorizadas por el Congreso.
¿Cuáles son?
La suspensión temporal de las reglas fiscales vigentes
El Gobierno sostiene que las probabilidades de una recesión mundial han incrementado con las medidas implementadas para contener el Covid-19.
En ese sentido, para el Ejecutivo la reacción de la política fiscal oportuna y de la magnitud que amerita el caso es “suspender temporalmente la aplicación de reglas macrofiscales para el sector público no financiero para el año 2020”.
Prórroga de la recuperación anticipada del IGV por adquisición de bienes de capital
También se plantea extender por tres años más la recuperación anticipada del IGV para promovrer la adquisición de bienes de capital. Un beneficio conocido como RERA MYPE.
Según explican, este beneficio aplica solo para las empresas con ingresos anuales de hasta 300 UIT, por lo que les permite obtener la devolución del IGV si es que compran capital.
“Este régimen resulta de gran importancia para el fomento de la inversión privada, especialmente en aquellos contribuyentes de menor tamaño, que son los que se verán más afectados por la contracción de la economía producto del Covid-19, por lo que no solo se propone prorrogar por tres años el beneficio, sino también su aplicación.
Fraccionamiento y aplazamiento especial de deuda tributaria para sectores afectados por el Covid-19
Se establecerán disposiciones para facilitar el pago de las deudas tributarias y otros ingresos administrados de la Sunat.
“La situación de emergencia nacional ha generado severos problemas económicos, los que impactan en la capacidad de pago de los contribuyentes, por lo que resulta necesario brindar mayores facilidades para el pago de sus deudas ante la Sunat”, sostiene el proyecto de ley.
Modificación de pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoría
El Ejecutivo propone modificar la determinación del coeficiente de renta para los pagos mensuales del Impuesto a la Renta de tercera categoría con la posibilidad de reducirlo o suspenderlos, pues muchas empresas han perdido liquidez con la situación de emergencia.
“Esta medida busca que los contribuyentes obtengan mayor liquidez, al darles facilidades para que puedan reducir o suspender el monto de los pagos a cuenta mensuales”, manifestaron.
Deducción de donaciones para efectos del Impuesto a la Renta
De igual forma, se buca que la deducción de gastos por donaciones efectuada en el año 2020 que no pueda ser aplicada en el ejercicio que corresponda, pueda ser aplicada para los dos próximos ejercicios siguientes.
Según explican, esto incentivarían a que las empresas realicen donaciones durante el Estado de Emergencia Nacional existente, a pesar de que tengan pérdidas en el ejercicio 2020.
“De no hacerlo, se corre el riesgo de que aquellas empresas que deseen hacer donacione, no lo hagan, pues, con las condiciones actuales, las donaciones no podrían ser deducibles para efectos del Impuesto a la Renta”, manifiesta el Gobierno.
Depreciación acelerada de algunas cuentas del activo fijo
Se busca modificar la Ley del Impuesto a la Renta para que las empresas puedan aplicar a la depreciación acelerada de algunas cuentas de su activo fijo, así se promoverá la inversión privada y se les otorgaría mayor liquidez en la actual coyuntura económica.
Prórroga para Sunat en materia de firma digital
Con la delegación de facultades, el Ejecutivo plantea prorrogar el plazo de autorización que tiene Sunat para ejercer función de entidad de registro o verificación para el Estado peruano, referido en la Ley de firmas y certificados digitales.
Esto significa que podrá beneficiarse a más contribuyentes para emitir sus comprobantes de pago de manera electrónica y así reducir los costos de cumplimiento tributario.
“Se busca que los contribuyentes de menor tamaño puedan constituirse como emisores electrónicos, reduciendo con ello sus costos de cumplimiento tributario”, asegura el Ejecutivo.
Ampliación del plazo de arrastre de pérdidas
Actualmente, la Ley de Impuesto a la Renta permite que las pérdidas empresariales de fuente peruana generadas en un ejercicio sean “arrastradas” durante los cuatro ejercicios siguientes. Luego dicha pérdida no podrá ser compensada en caso esta no se haya agotado.
Sin embargo, el Ejecutivo plantea modificar la Ley del Impuesto a la Renta para extender de manera excepcional el plazo para el “arrastre” de la pérdida tributaria generada en el 2020, pues “es previsible que muchas empresas generen abultadas pérdidas en el año 2020, las cuales no podrían agotarse en los cuatro ejercicios siguientes”.
Modificación de los regímenes tributarios aplicables a las empresas de menor tamaño
El Ejecutivo plantea modificar los regímenes tributarios existentes para los contribuyentes. Los regímenes RUS, RER, Regimen Mype Tributario y el Régimen General, pues aseguran que “origina oportunidades de arbitraje, elusión y enanismo”.
“Se considera que existe premura en la aprobación de esta iniciativa para acondicionar los sistemas informáticos que requerirá Sunat para el próximo ejercicio fiscal”, manifestaron.
Medidas económicas y financieras para la reactivación económica
Se tratan de medidas complementarias al “Plan Económico para hacer frente al Covid-19” y estarán enfocadas en recuperar la economía y evitar el desmoronamiento de la cadena de pagos.
“Es fundamental implementar medidas que permitan la recuperación de la economía en el más breve plazo”
Dr. Miguel Carrillo, buenos dias, un gusto saludarlo. Interesante su comentario respecto a las medidas económicas y tributarias que el gobierno legislará, ojalá se concreten en beneficio de la mayoria.
Le consulto:
¿Como queda Régimen de facilidades de pago por deudas a EsSalud que vence el 31-03-2020, legislado al amparo del Decreto de Urgencia 037-2019? ¿Se prorrogará?.
Gracias por su respuesta.
Julio Sandoval