Encargan la implementación del Sistema de Gestión Antisoborno de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, designan al responsable de la función de cumplimiento antisoborno y aprueban sus atribuciones. Resolución de Superintendencia N° 168-2019/SUNAT
El día de hoy, martes 27 de agosto de 2019, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia N° 168-2019/SUNAT mediante la cual se encarga la implementación del Sistema de Gestión Antisoborno de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, desginan al responsable de la función de cumplimiento antisoborno y aprueban sus atribuciones.
Al respecto, se encarga a la Oficina de Fortalecimiento Ético y Lucha contra la Corrupción – OFELCCOR la implementación del sistema de gestión antisoborno de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT.
Asimismo, se asigana a el/la Jefe/a de la Oficina de Fortalecimiento Ético y Lucha contra la Corrupción – OFELCCOR la responsabilidad de la función de cumplimiento antisoborno de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, y se establecen las siguientes atribuciones:
1. Supervisar el diseño e implementación del funcionamiento del sistema de gestión antisoborno.
2. Brindar apoyo y orientación al personal de la SUNAT sobre el sistema de gestión antisoborno.
3. Asegurar que el sistema de gestión antisoborno se implemente conforme a los requisitos de la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2017.
4. Informar a la Alta Dirección sobre el desempeño del sistema de gestión antisoborno.
5. Coordinar y supervisar la ejecución de las auditorías internas conforme a lo establecido en la Norma Técnica Peruana NTP ISO 37001:2017.
6. Garantizar la confidencialidad de la información que reporte el personal de la SUNAT por sospechas o hechos que contravengan la Política Antisoborno de la SUNAT.
7. Otras funciones que le sean asignadas en el marco de lo establecido en la Norma Técnica Peruana NTP ISO 37001:2017.
A continuación, compartimos el contenido de la aludida Resolución de Superintendencia N° 168-2019/SUNAT:
Encargan la implementación del Sistema de Gestión Antisoborno de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, designan al responsable de la función de cumplimiento antisoborno y aprueban sus atribuciones
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 168-2019/SUNAT
ENCARGA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN ANTISOBORNO DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, DESIGNA AL RESPONSABLE DE LA FUNCIÓN DE CUMPLIMIENTO ANTISOBORNO Y APRUEBA SUS ATRIBUCIONES
Lima, 26 de agosto de 2019
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la cual tiene como objetivo contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil, así como garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía;
Que el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, que busca implementar medidas de alcance nacional orientadas a lograr un nivel de institucionalidad que asegure de modo global en el país prevenir y combatir la corrupción de manera eficiente, así como involucrar a todas las entidades públicas, privadas, empresas, ciudadanía y colectivos sociales, a fin de implementar modelos de prevención, filtros en los procesos propios de la actividad que realizan, políticas orientadas a garantizar la transparencia y rendición de cuentas, además de mecanismos de control y supervisión;
Que el Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM aprueba la Política General de Gobierno al 2021 que incluye entre los ejes y lineamientos prioritarios de la Política General de Gobierno al 2021, a la integridad y la lucha contra la corrupción;
Que la sexta disposición complementaria final de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, establece que la SUNAT deberá desarrollar e implementar medidas anticorrupción y de integridad para el personal de la institución a través de la unidad organizacional correspondiente o creada para tal fin;
Que la Resolución de Superintendencia Nº 052-2019/SUNAT aprueba el Plan Institucional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2019-2020, documento que establece y desarrolla las acciones estratégicas y las actividades para el cierre de brechas priorizadas en el Plan Sectorial de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2019-2021, aprobado con la Resolución Ministerial Nº 443-2018-EF/41;
Que, a través de la Resolución Directoral Nº 012-2017/INACAL/DN, la Dirección de Normalización del Instituto Nacional de Calidad – INACAL aprueba la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2017, denominada “Sistemas de Gestión Antisoborno. Requisitos con orientación para su uso”, que tiene por objeto especificar los requisitos y proporcionar una guía para establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar un sistema de gestión antisoborno y en cuyos apartados 5.3.1 y 5.3.2 dispone que la alta dirección debe tener la responsabilidad general de la implementación y el cumplimiento del sistema de gestión antisoborno y asignar la función de cumplimiento antisoborno a la(s) persona(s) que tiene(n) la competencia, la posición, autoridad e independencia apropiada;
Que el artículo 50º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias, señala que la Oficina de Fortalecimiento Ético y Lucha contra la Corrupción – OFELCCOR es el órgano encargado de promover y desarrollar acciones que conduzcan al fortalecimiento de la integridad y el comportamiento ético del personal de la institución y a la detección de riesgos de corrupción a efectos de proponer mejoras o controles en los procesos institucionales;
Que, teniendo en cuenta lo expuesto, corresponde encargar la implementación del sistema de gestión antisoborno, asignar la responsabilidad de la función de cumplimiento antisoborno y aprobar las atribuciones del responsable;
En uso de la facultad conferida por el inciso s) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Implementación del sistema de gestión antisoborno
Encargar a la Oficina de Fortalecimiento Ético y Lucha contra la Corrupción – OFELCCOR la implementación del sistema de gestión antisoborno de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT.
Artículo 2.- Responsable de la función de cumplimiento antisoborno
Asignar a el/la Jefe/a de la Oficina de Fortalecimiento Ético y Lucha contra la Corrupción – OFELCCOR la responsabilidad de la función de cumplimiento antisoborno de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT.
Artículo 3.- Atribuciones del responsable
Aprobar las atribuciones del responsable de la función de cumplimiento del sistema de gestión antisoborno de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, las que a continuación se detallan:
1. Supervisar el diseño e implementación del funcionamiento del sistema de gestión antisoborno.
2. Brindar apoyo y orientación al personal de la SUNAT sobre el sistema de gestión antisoborno.
3. Asegurar que el sistema de gestión antisoborno se implemente conforme a los requisitos de la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2017.
4. Informar a la Alta Dirección sobre el desempeño del sistema de gestión antisoborno.
5. Coordinar y supervisar la ejecución de las auditorías internas conforme a lo establecido en la Norma Técnica Peruana NTP ISO 37001:2017.
6. Garantizar la confidencialidad de la información que reporte el personal de la SUNAT por sospechas o hechos que contravengan la Política Antisoborno de la SUNAT.
7. Otras funciones que le sean asignadas en el marco de lo establecido en la Norma Técnica Peruana NTP ISO 37001:2017.
Artículo 4.- Publicación
Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional (www.sunat.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ
Superintendenta Nacional
1801222-1