Dictan acciones de control extraordinario aduanero. VIGENTE DESDE EL 1 DE ENERO DEL 2019

Medida fortalece la estrategia contra el tráfico ilícito de mercancías.

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) reguló las acciones de control extraordinario aduanero, orientadas a la prevención, detección y represión de los delitos aduaneros y el tráfico ilícito de mercancías.

6/12/2018

Se trata del procedimiento general de ejecución de acciones de control extraordinario Control-PG.02, que entrará en vigencia el 1 de enero del 2019, de acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nº 284-2018/Sunat.

Conforme al artículo 10 de la Ley General de Aduanas (D. Leg. N° 1053), la administración aduanera tiene, entre otras funciones, el control y la fiscalización del tráfico internacional de mercancías, medios de transporte y personas dentro del territorio nacional, explicó el experto en derecho corporativo y gerente legal de la CCL, Víctor Zavala Lozano.

Agregó que en ejercicio de tal potestad aduanera, la administración podrá disponer la ejecución de acciones de control, antes y durante el despacho de los bienes con posterioridad a su levante o antes de la salida del territorio nacional, a fin de hacer cumplir el ordenamiento aduanero.

Disposiciones generales

La norma señala que el almacén aduanero, o el concesionario o administrador de puertos, aeropuertos o terminales terrestres internacionales, deberá acreditar a la persona responsable de recibir comunicaciones electrónicas, señalando correo electrónico, dentro de los cinco días hábiles de la publicación de esta disposición, o de concedida la autorización para operar, según corresponda.

Con esta norma, además, el control extraordinario podrá efectuarse sobre personas, mercancías o medios de transporte, señalando las acciones específicas para cada caso.

En ese contexto, dijo, se regulan las acciones de control extraordinario sobre bienes, esto es, operativo especial y la inspección en almacenes aduaneros, puertos, aeropuertos, o terminales terrestres internacionales; luego, sobre medios de transporte, ya sea vehículos terrestres o ferroviarios; naves y aeronaves; y sobre personas, equipajes y dinero en efectivo o instrumentos financieros negociables emitidos al portador.

No incluye la fiscalización aduanera ni el control que aplica la Intendencia de Aduana de Tacna, regulados por otros procedimientos específicos.

Factura electrónica

La administración tributaria decidió ampliar hasta marzo del 2019 el plazo para aquellos contribuyentes que debían sumarse a la factura electrónica el pasado 1 de noviembre. Esto mediante la RS Nº 253-2018-Sunat.

La obligación comprende a más de 60.000 contribuyentes, que registraron ingresos mayores o iguales a 150 UIT durante los períodos tributarios correspondientes al 2016 y 2017, que dispondrán ahora de cuatro meses de prórroga para adaptarse al Sistema de Emisión Electrónica de comprobantes de pago electrónicos.

El objetivo es que el próximo año finalice el proceso de digitalización y luego incluir la figura del operador de servicios electrónicos, informó Seres.

Datos

La norma se orienta a la prevención de los delitos aduaneros o infracciones administrativas.

Regula, además, el trámite a seguir en caso el funcionario encuentre indicios que hagan presumir que los bienes, personas o medios de transporte están vinculados con el tráfico ilícito de mercancías.

Fuente: Diario Oficial El Peruano del jueves 6 de diciembre de 2018.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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