Los gastos, oficios y profesiones que podrás descontar de tu pago del Impuesto a la Renta
El último fin de semana el Ministerio de Economía amplió las deducciones en el cálculo del pago del Impuesto a la Renta de los trabajadores de cuarta y quinta categoría en el país.
Los trabajadores a nivel nacional independientes o en planilla podrán descontar más gastos del pago de su Impuesto a la Renta en 2019, según un decreto supremo publicado por el Ministerio de Economía.
Más deducciones
El Gobierno amplió una serie de gastos adicionales a los permitidos a las deducciones en el cálculo del pago de Impuesto a la Renta de los trabajadores correspondiente al año 2019, que se tributará el 2020. Estos gastos siempre deberán estar sustentados a través de recibos electrónicos.
La norma es aplicable a las rentas de cuarta y quinta categorías (trabajadores independientes y trabajadores en planilla).
A la fecha, los trabajadores peruanos pueden descontar automáticamente 7 UIT de su Impuesto (29,050 soles) a la Renta y hasta 3 UIT (12,450 soles) adicionales al año en diversos gastos y servicios prestados. En la galería de arriba te contamos cuáles son.
Hacia fines de agosto de este año el Gobierno anuló la posibilidad que tenían los contribuyentes de descontar los intereses de los créditos hipotecarios de una primera vivienda del pago del impuesto a la renta, que se había aprobado en diciembre del 2016. El ministro de Economía, Carlos Oliva, sostuvo que se eliminó este punto porque del menú de alternativas que tienen los trabajadores para descontar de sus impuestos era el que no contribuía en nada a la formalización.
Además, el Decreto Supremo publicado el sábado pasado amplió la lista de servicios de profesionales u oficios que pueden ser deducidos como gastos para el pago del IR. De esta manera todos los servicios profesionales u oficios podrán ser deducibles.
“Ahora será mucho más sencillo deducir estos gastos que realizan los trabajadores que pagan impuesto a la renta, además de generarse el incentivo para que las personas soliciten sus recibos para poder deducirlo. Estas medidas son parte de las acciones que venimos tomando para aumentar la formalización y reducir la evasión y la elusión tributaria”, resaltó el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva.
Asimismo según un comunicado del Ministerio de Economía, se podrán beneficiar de la deducción de gastos alrededor de cerca de dos millones de trabajadores, y promover la formalización.
Según información de la Sunat, el nivel de evasión del IGV de los sectores de restaurantes, bares, cantinas y hoteles es alrededor del 86% del impuesto potencial y equivale a aproximadamente S/ 3,200 millones, y medidas como esta buscan promover reducir esos niveles de elusión o evasión.
Los servicios prestados por los profesionales antes mencionados deberán ser cancelados a través del sistema de bancarización, sin importar el monto y el emisor del comprobante de pago no deberá encontrarse de baja en el RUC ni tener condición de no habido.
Los documentos que debes solicitar y conservar, son los siguientes:
1. Gasto de alquileres: Factura electrónica, boleta de venta. Nota de crédito electrónica, nota de débito electrónica. Documento autorizado: Formulario Nº 1683 – Impuesto a la renta de primera categoría.
2. Honorarios profesionales de médicos y odontólogos: Recibo por honorarios electrónico. Nota de crédito electrónica.
3. Servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría: Recibo por honorarios electrónico. Nota de crédito electrónica.
4. Aportaciones a Essalud por contratar trabajadores del hogar: El documento indicado para probar este gasto es el formulario que la Sunat les entrega a los empleadores o el documento virtual que sustenta este pago.