Vencen obligaciones de empresas vinculadas. Tienen plazo hasta el 31 de octubre para reportar ante la Sunat.

DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA REPORTE PAÍS POR PAÍS

Vencen obligaciones de empresas vinculadas

Tienen plazo hasta el 31 de octubre para reportar ante la Sunat.

25/10/2018

El Poder Ejecutivo incorporó nuevas obligaciones formales en materia de precios de transferencia, tales como la Declaración Jurada Informativa (DJI) Reporte Maestro, Reporte País por País y Reporte Local, a fin de permitir a la administración tributaria contar con mejor información para sus procesos de fiscalización de precios de transferencia.

En este contexto, los grupos multinacionales con ingresos iguales o mayores a 2,700 millones de soles y que cuenten con más de una entidad jurídica en el Perú tienen hasta este 31 de octubre para informar a la Sunat cuál de ellas será la responsable de presentar la Declaración Jurada Informativa Reporte País por País.

Dicha data hará referencia a la distribución global de ingresos, impuestos pagados y actividades de negocio de cada una de las entidades pertenecientes al grupo multinacional, entre otros.

“Antes de presentar la DJI Reporte País por País, las subsidiarias deben ponerse de acuerdo entre ellas y elegir a la responsable de presentar dicho documento ante la Sunat. De no hacerlo, cada subsidiaria lo deberá enviar de forma individual, lo que multiplica el trabajo y, sobre todo, puede incrementar el riesgo de penalidades económicas en caso de que la administración tributaria detecte errores u omisiones”, indicó Juan Carlos Vidal, socio de Tax & Legal de KPMG en el Perú.

Por tanto, dicha obligación constituye el paso previo a la presentación de la DJI Reporte País por País.

Cronograma

De acuerdo con el cronograma de vencimiento, este reporte correspondiente al ejercicio del 2017 se puede entregar a mediados de noviembre, como fecha límite. Mientras que aquellos grupos que no efectúen el envío de la DJI podrían recibir una sanción económica equivalente de hasta 25 unidades impositivas tributarias (UIT) por cada obligación.

La regulación en mención ha sido elaborada de acuerdo con los estándares de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y es parte de los esfuerzos que realiza nuestro país por ingresar a dicho organismo internacional.

Factura electrónica

En cuanto a las obligaciones ante el fisco, el 1 de noviembre se incorporarán a la factura electrónica el último grupo de empresas formado por los contribuyentes que al 31 de diciembre del 2016 hubieran obtenido ingresos iguales o mayores a 150 UIT y los contribuyentes que al 31 de diciembre próximo presenten ingresos iguales o mayores a 150 UIT.

Por tanto, el objetivo será cerrar el 2018 con 230,000 contribuyentes obligados, a través de seis grupos de obligados repartidos a lo largo del año.

Hasta la fecha, se han unido a la factura electrónica cinco de esos seis grupos; el que queda deberá comenzar a facturar electrónicamente el 1 de noviembre, refiere un informe de Seres, organización especializada en el servicio de intercambio electrónico seguro de documentos.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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