SUNAT fomenta informalidad minera. La fácil obsesión por recaudar

Fuente. Elmontonero El Primer Portal de opinión del Perú del viernes 8 de junio de 2018.

Es evidente que una de las causas de la renuncia del ex ministro de Economía, David Tuesta, fue su obsesión por recaudar frente a la necesidad de cerrar el déficit fiscal, que se agrandó durante el nacionalismo y el pepekausismo. Más allá de cualquier enjuiciamiento, es evidente que en el Ejecutivo se pretende incrementar la recaudación ajustando al sector formal de empresas y ciudadanos que tributan en la actualidad, al margen de una propuesta de reforma tributaria integral que incorpore todos los sistemas en uno solo y acabe con la división entre economía formal e informal.

Como parte de esa estrategia, el presidente Vizcarra ha señalado que grandes empresas adeudan alrededor del 1% del PBI; no obstante que las supuestas obligaciones se disputan en el Poder Judicial, el Tribunal Fiscal y otras entidades internacionales. Y también a pesar de que las señaladas empresas son las principales contribuyentes del país; es decir, paran la olla fiscal. Una aproximación claramente anti inversión. Pero no se trata solo de las grandes compañías. El reciente Decreto Supremo 088-2018 EF establece que si una empresa no tiene el 70% de sus proveedores registrados a través de facturas electrónicas, entonces deberá esperar 30 días para la devolución del IGV. En otras palabras, lo que antes se devolvía en un día ahora demandará un mes, con el agravante de que se puede acumular otros 30 días y llegar a sumar dos meses.

¿Qué significa esta medida para las pymes y, sobre todo, para la pequeña minería? En algunos casos puede significar la quiebra. Por ejemplo, una pequeña minera puede llegar a demandar una devolución mensual de IGV de US$ 1 millón para seguir manteniendo liquidez. De lo contrario, todo se desploma. Conociendo la tramitología burocrática del Estado, los 30 días pueden sumar uno o dos meses más. En ese contexto, la facilidad y discrecionalidad de la actuación de la SUNAT significará la quiebra de algunos.

Ahora bien, si una pequeña empresa no tiene el 70% de sus proveedores con facturas electrónicas (con alto porcentaje con facturas en papel), ¿de quién es la responsabilidad? ¿De la Sunat o de la pequeña empresa? Incuestionablemente es el mundo al revés: el fracaso de la SUNAT se convierte en la tragedia del pequeño empresario minero.

Algo más. Las pequeñas empresas mineras, en su afán de recuperar la liquidez de sus negocios, han presentado cartas fianza, pero en la Sunat se ignora olímpicamente los mencionados documentos bancarios.

Pero eso no es todo. El mencionado Decreto Supremo, que establece la retención del IGV por 30 días si no se logra el porcentaje de facturas electrónicas, fomenta la discrecionalidad e irregularidades en los funcionarios y fiscalizadores (por decir lo menos). El sistema tributario, de una u otra manera, no solo significa formalidad e informalidad, déficit fiscal y necesidad urgente de aumentar recaudación tributaria, sino también irregularidades generadas por la discrecionalidad de la que goza el burócrata.

Asimismo, vale señalar que la mayoría de pequeñas empresas mineras afectadas por el extraño Decreto Supremo se dedica a la exportación de minerales en baja escala. Sobre el tema es necesario precisar que todo exportador, en cualquier parte del planeta, se atiene a un principio tributario: los impuestos no se exportan. De allí que la ley tributaria establece que se debe devolver IGV a los exportadores. De otro lado, en cuanto a los objetivos de la formalización minera, es incuestionable que uno de los objetivos de este proceso es que los mineros artesanales terminen exportando.

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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