Telefónica del Perú se pronuncia sobre el tratamiento de los servicios satelitales para efectos del Impuesto a la Renta.

Fuente: Portal Web Gatoencerrado.net del viernes 1 de junio de 2018.

Telefónica: cumplimos con obligaciones tributarias y hemos pagado cerca de 10 mil millones de soles

Según la empresa de telecomunicaciuones, la SUNAT, el Tribunal Fiscal y el MTC concluyeron que el servicio de capacidad satelital se presta fuera del territorio nacional y que por lo tanto no había imposición en el Perú.

En el 2008, el Ministerio de Transportes, ente competente, confirmó que el servicio de capacidad satelital no es un arrendamiento de bandas ni de frecuencias dentro del espacio aéreo peruano, sino que es un servicio de recepción y retransmisión de señales a 36 mil kilómetros de la Tierra, es decir, en el espacio exterior, fuera del territorio peruano.

Informes técnicos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y la Asociación de Empresas de Telecomunicaciones de la Comunidad Andina (ASETA) coinciden con esta posición.

La Intendencia Jurídica de la SUNAT señaló que “no califican como rentas de fuente peruana las retribuciones obtenidas por los operadores de satélites geostacionarios no domiciliados en el país por la provisión del servicio de capacidad satelital a empresas de telecomunicaciones domiciliadas en el Perú”, las cuales por lo demás tributan en su lugar de origen.

Este criterio concuerda con la legislación tributaria de los demás países de la Alianza del Pacífico (Colombia, Chile y México).

El Tribunal Fiscal, órgano resolutivo del MEF que constituye última instancia administrativa en materia tributaria y aduanera, emitió cinco decisiones en el mismo sentido, es decir, señalando que no califican como rentas de fuente peruana las retribuciones obtenidas por los operadores satelitales. En consecuencia, dejó sin efecto las resoluciones de determinación de SUNAT por estos conceptos.

A partir del 2005, SUNAT dejó de exigir supuestas deudas tributarias por el IR a los contribuyentes que utilizan el servicio de capacidad satelital. Esta decisión ha brindado confianza y predictibilidad tributaria al sector para continuar apostando por el despliegue de las telecomunicaciones en todo el país.

Sin embargo, mediante una acción judicial iniciada por la Procuraduría de SUNAT contra las Instituciones del Estado se pretende invalidar las disposiciones de dichos entes competentes.

La Procuraduría de SUNAT, una vez que perdió en los cinco casos en el Tribunal Fiscal, recurrió al Poder Judicial y promovió cinco procesos correspondientes a los años 1999-2000, 2001, 2002, 2003 y 2004.

La Procuraduría de SUNAT busca revertir el criterio establecido por las propias instituciones del Estado, lo cual pone en riesgo a los contribuyentes que actuaron cumpliendo las disposiciones emitidas por las entidades competentes, produciendo incertidumbre respecto de la aplicación de criterios tributarios, lo cual genera contingencia, sobrecostos e indefensión al sector telecomunicaciones.

El Poder Judicial viene resolviendo esta controversia según el criterio técnico del MTC y del TF tanto en primera instancia (en cinco juzgados distintos) como en segunda instancia (cuatro de los cinco casos fueron ratificados).  La única sentencia desfavorable de la Corte Superior, ratificada a través del reciente fallo del Poder Judicial, será impugnada en las vías correspondientes.

Acciones judiciales limitarían expansión de las telecomunicaciones

La falta de reglas claras encarecerá la conectividad, porque miles de pueblos alejados tienen internet, telefonía móvil y telefonía fija, gracias a la retransmisión satelital, al no existir infraestructura física hasta esos lugares.

Hay más de 11,500 centros poblados que utilizan los servicios de capacidad satelital para mantenerse conectados, y son más de 8 millones de peruanos que viven en zonas alejadas que aún no acceden a Internet, y para quienes el uso del satélite es la mejor alternativa.

Es imprescindible fortalecer la predictibilidad tributaria y la seguridad jurídica para continuar con el desarrollo de las telecomunicaciones.

Publicado el Viernes, 1 de Junio del 2018

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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