Contribuyente soy y no me compadezcas. SUNAT y los embargos sobre deuda con fraccionamiento en trámite.
SUNAT ha empezado a ejecutar los embargos grabados a los contribuyentes que la ultima semana de marzo y primera de abril presentaron su declaración jurada anual del Impuesto a la Renta 2017 y cuyo fraccionamiento si bien fue solicitado a la fecha aún no es atendido por SUNAT a pesar de haber transcurrido más de un mes desde que se solicitó.
SUNAT vía notificaciones Sol ha procedido ha notificar la orden de pago y la resolución coactiva la primera semana de abril, esto es, a los pocos días que los contribuyentes presentaron su declaración y al solicitar fraccionamiento ponen en evidencia que no pueden efectuar el pago total de la deuda tributaria, y una voluntad de pago de acuerdo a sus posibilidades económicas.
Sin embargo, ello parece no interesarle a SUNAT al proceder a ejecutar los embargos, los Bancos cobrar la comisión bancaria y reportar a las centrales de riesgo la deuda tributaria, desconociendo las solicitudes de fraccionamiento, alegando que tienen 30 dias habiles para evaluar las mismas.
Sorprende la rapidez con la cual SUNAT viene ejecutando los embargos, rapidez que no se refleja cuando tiene que devolver el saldo a favor del Impuesto a la Renta 2017, en los cuales incluso tiene 45 días habiles para devolver y a la fecha no ha cumplido dicho plazo.
Lamentable la situación que están pasando muchos contribuyentes que tienen voluntad de pago pero que se ven sorprendidos vía notificaciones SOL con cobranza coactiva s y ejecución inmediata de medidas cautelares, a pesar que tienen fraccionamiento en trámite.
Asi se quiere generar conciencia tributaria y jugar para el mismo equipo?
SUNAT la misma rapidez para que estas utilizando para cobrar deuda solicitada en fraccionamiento, la debes utilizar para proceder a atender oportunamente la devolución automática o a pedido de parte de saldo a favor 2017 , sólo así podrás entender al contribuyente de a pie.