Conozca el procedimiento de devolución de saldo a favor por rentas de 4ta y 5ta Categoría, respectivamente y los requisitos para su procedencia.
DEVOLUCIÓN AUTOMÁTICA PARA GENERADORES DE RENTAS DE 5TA CATEGORÍA (TRABAJADORES) Y SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN PARA GENERADORES DE RENTAS DE 4TA CATEGORÍA (LOCADORES DE SERVICIOS)
1) Procedimiento de Devolución Automática por generadores de rentas de quinta categoría.
SUNAT ha habilitado el sistema de consulta on line gratuito en su página web, así como el aplicativo para que las personas naturales que han generado en el periodo 2017 rentas de quinta categoría puedan consultar si tienen derecho a la devolución por saldo a favor del impuesto a la renta.
Requisitos para acceder a la devolución:
– El ingreso del trabajador en el 2017 tuvo que ser mayor a S/. 28,350; y
– Haber incurrido en gastos deducibles hasta 3 UITS (S/ 12,150)
Inicialmente el procedimiento de devolución automática se aplicará sólo para generadores de rentas de 5ta categoría, a los cuales se les depositará el importe a devolver en el mes de abril.
Posteriormente, se aplicará para los generadores de rentas de cuarta categoría.
En el siguiente link, las personas que hayan generado rentas de quinta categoría en el 2017 y que deduzcan gastos hasta 3 UITs podrán verificar a cuánto asciende el monto a devolver:
http://devuelve.sunat.gob.pe/cl-ti-itgastosdeduciblesconsu…/
2) Procedimiento de devolución de saldo a favor del IR para generadores de rentas de 4ta Categoría y/o que tengan rentas conjuntas de 4ta y 5ta categoría en el periodo 2017.
Los generadores de rentas de cuarta categoría deben seguir presentando la declaración jurada anual del IR en forma on-line mediante el Formulario Virtual 705 y tramitar la devolución del saldo a favor mediante el formulario virtual N° 1649, ambos disponibles desde el 19/02/2018 en la página web de SUNAT.
En caso obtener un saldo a favor, cabe recordar que el locador de servicios tiene la opción de solicitar devolución o compensación, con ocasión de la presentación de la declaración jurada anual, dando click en el link de la constancia de presentación de la DDJJ Anual.
A continuación el link mediante el cual la persona generadora de rentas de cuarta categoría podrá presentar su DDJJ Anual del Impuesto a la Renta 2017 y solicitar la devolución en caso cuente con saldo a favor:
https://www.sunat.gob.pe/xssecurity/SignOnVerification.htm…
Cabe recordar que el cronograma de vencimiento para presentar la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta inicia el 22 de marzo y culmina el 9 de abril de 2018, de acuerdo al último dígito de RUC.