Modifican el Procedimiento Específico “Mandato Electrónico”, DESPA-PE.00.18 (versión 1) RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 02-2018-SUNAT/310000
Modifican el Procedimiento Específico “Mandato Electrónico”, DESPA-PE.00.18 (versión 1)
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL
N° 02-2018-SUNAT/310000
Callao, 17 de enero de 2018
CONSIDERANDO:
Que el inciso c) del artículo 24 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 1053 y modificatorias, permite que el dueño, consignatario o consignante encomiende el despacho de sus mercancías a un agente de aduana por medios electrónicos que establezca la Administración Aduanera;
Que mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 06-2017-SUNAT/310000 se aprobó el procedimiento específico “Mandato Electrónico”, DESPA-PE.00.18 (versión 1), comprendiendo en esa oportunidad para el régimen de importación para el consumo sólo a las intendencias de aduana Marítima del Callao, Chimbote, Ilo, Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry;
Que la implementación del mandato electrónico evidencia un impacto favorable en la reducción del Tiempo Total de Liberación de Mercancías de Importación, por lo que resulta conveniente disponer su aplicación a todas las intendencias de aduana de la República en cuanto al régimen de importación para el consumo;
Que en mérito a lo dispuesto en el literal c) del artículo 245-D del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; y estando a lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 190-2017/SUNAT y a la Acción de Personal Encargatura Interina N° 00018-2018-300000.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificación de disposiciones del procedimiento específico “Mandato Electrónico”, DESPA-PE.00.18 (versión 1)
Modifícase los incisos a) y b) de la Sección I del procedimiento específico “Mandato Electrónico”, DESPA-PE.00.18 (versión 1), aprobado por Resolución de Intendencia Nacional N° 06-2017-SUNAT/310000, conforme al texto siguiente:
“I. OBJETIVO
Establecer las pautas para que el dueño, consignatario o consignante otorgue el mandato electrónico al agente de aduana en:
a) El régimen aduanero de importación para el consumo en las intendencias de aduana de la República.
b) El régimen de depósito aduanero, admisión temporal para perfeccionamiento activo y admisión temporal para reexportación en el mismo estado, en las intendencias de aduana de Chimbote, Ilo, Mollendo, Paita, Pisco y Salaverry.
(…)”
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA MERCEDES CARRASCO AGUADO
Intendente Nacional (e)
Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación
Aduanera
Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas
1608443-1