SUNAT emite Informe vinculado con las facturas emitidas por un tercero distinto al propietario o el representante legal de la empresa, al cual se le encomendó dicha obligación. Informe N° 061-2017-SUNAT/7T00000

SUNAT concluye que la obligación de emitir facturas no solamente es cumplida cuando el titular o su representante legal realizan directamente la emisión del documento, sino que también puede cumplirse a través de un tercero a quien se le haya encomendado esa gestión. INFORME N.° 061-2017-SUNAT/7T0000.

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2017/informe-oficios/i061-2017-7T0000.pdf

El día de hoy, miércoles 10 de enero de 2018, se ha publicado en la página web de SUNAT el Informe N° 061-2017-SUNAT/7T0000 mediante el cual la Intendencia Nacional Jurídica emite pronunciamiento respecto de la obligación de emitir facturas cuando es cumplida por un tercero distinto al titular o su representante legal al cual se le encomendó dicha gestión,  concluyendo que dicho tercero también puede cumplir con la obligación de emitir facturas.

En el Informe N° 061-2017-SUNAT/7T0000 SUNAT refiere que el hecho de encomendar a terceros la emisión de comprobantes de pago, no implica que el titular quede eximido de las responsabilidades vinculadas con dicha gestión, tal como lo ha señalado el Tribunal Fiscal en las Resoluciones Nos 06989-1-2004 y 02568-3-2005, entre otras, al sostener que el deudor tributario es responsable de la emisión de comprobantes de pago, por sus dependientes o terceros, salvo que se acredite que estos han sido objeto de un acto delictuoso.

A continuación, pasamos a detallar la materia de consulta y la conclusión vertida por SUNAT en el aludido Informe N° 061-2017/7T0000:

INFORME N.° 061-2017-SUNAT/7T0000

MATERIA:

Se consulta si las facturas deben ser emitidas únicamente por el propietario o representante legal de las empresas que las emiten.

CONCLUSIÓN:

La obligación de emitir facturas no solamente es cumplida cuando el titular o su representante legal realizan directamente la emisión del documento, sino que también puede cumplirse a través de un tercero a quien se le haya encomendado esa gestión.

 

 

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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