Modifican procedimiento específico “Despacho Simplificado de Exportación”, DESPA-PE.02.01 (versión 4). Resolución de Intendencia Nacional N° 14-2017/SUNAT/310000

El día de hoy, viernes 3 de noviembre de 2017, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Intendencia Nacional N° 14-2017/SUNAT/310000  que modifica el procedimiento específico “Despacho Simplificado de Exportación”, DESPA-PE.02.01 (versión 4)

Modifican procedimiento específico “Despacho Simplificado de Exportación”, DESPA-PE.02.01 (versión 4)

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL

Nº 14-2017/SUNAT/310000

Callao, 30 de octubre de 2017

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 162-2011/SUNAT/A se aprobó el procedimiento específico “Despacho Simplificado de Exportación”, INTA-PE.02.01 (versión 4), recodificado por la Resolución de Intendencia Nacional N.° 07-2017-SUNAT/5F0000 como DESPA-PE.02.01;

Que resulta necesario modificar el citado procedimiento a fin de establecer mejoras que permitan simplificar el proceso de despacho respecto de la documentación exigible.

En mérito a lo dispuesto en el literal c) del artículo 245-D del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y modificatorias, y estando a la Resolución de Superintendencia N.º 190-2017/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo único. Modificación del procedimiento específico “Despacho Simplificado de Exportación”, DESPA-PE.02.01 (versión 4)

Modifícase los numerales 4 y 5 del literal A de la sección VII, del procedimiento específico “Despacho Simplificado de Exportación”, DESPA-PE.02.01 (versión 4), con el texto siguiente:

VII. DESCRIPCIÓN

A. TRAMITACIÓN DEL DESPACHO SIMPLIFICADO DE EXPORTACIÓN

(…)

Numeración de la DSE por el exportador

4. El exportador o su representante llena las casillas correspondientes a los rubros 1, 3, 4, 5 y 11 de la DSE y la presenta ante el área que administra el régimen identificándose con su documento de identidad y adjunta lo siguiente:

a) Comprobante de pago en operaciones con fines comerciales (copia SUNAT de factura o boleta de venta) excepto cuando el comprobante de pago se emita electrónicamente ó declaración jurada de valor y descripción de mercancía cuando no exista venta entre las partes.

b) Copia del documento de transporte (conocimiento de embarque, carta de porte aérea, carta de porte terrestre o declaración jurada del flete), según el medio de transporte a utilizar. En caso se utilice la vía marítima, el conocimiento de embarque se presenta en la regularización.

c) Autorizaciones especiales y otros que correspondan de acuerdo a la naturaleza de la mercancía.

d) Documento que acredite la donación y la lista de contenido, de corresponder.

e) Copia del documento de identidad del exportador extranjero, cuando no cuente con RUC.

f) Carta poder cuando el trámite no lo realiza el exportador (Anexo 2 ó Anexo 3).

g) Constancia de inspección de descarga en el caso de tipo de operación de despacho (modalidad 28), emitido por la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero – PRODUCE o por las Direcciones Regionales de la Producción.

Tratándose de equipaje y menaje de casa, adicional a los incisos b), c), e) y f) precedentes, adjunta una declaración jurada, señalando el contenido de los bienes e indicando que no contiene mercancías que pertenezcan al patrimonio cultural de la nación ni cualquier otra mercancía prohibida.

5. El funcionario aduanero recibe la DSE y los documentos exigibles, verifica que el documento de identidad del exportador o su representante corresponda al consignado en la DSE, llena la casilla correspondiente al rubro 6 de la DSE, emite la guía de entrega de documentos (GED) en la cual registra los documentos recepcionados y entrega una copia de la GED al interesado como cargo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO IVÁN LUYO CARBAJAL

Intendente Nacional (e)

Intendencia Nacional de Desarrollo

e Innovación Aduanera

1582380-1

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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