#NiUnaMenos

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Hay una situación de acoso normalizado que como sociedad debemos enfrentar

 

Ver video: “Hay una situación de acoso normalizado”

A propósito de un lamentable caso de acoso a jóvenes periodistas en el Perú, fui entrevistada en un programa de televisión para reflexionar sobre esta problemática. Como académica especializada en temas de género y derechos humanos, puedo explicar que la falta de oportunidad y eficiencia del sistema judicial frente al acoso sexual se debe a múltiples factores complejos e interrelacionados:

  • Barreras estructurales: El sistema judicial aún refleja sesgos patriarcales históricos que dificultan el acceso a la justicia en casos de violencia de género.
  • Falta de capacitación especializada: Muchos operadores de justicia carecen de formación adecuada para manejar la complejidad de los casos de acoso sexual.
  • Sobrecarga del sistema: La cantidad de casos supera la capacidad actual del sistema judicial, generando retrasos.
  • Dificultades probatorias: La naturaleza del acoso sexual a menudo implica situaciones sin testigos o evidencia física, lo que complica los procesos.
  • Revictimización: Los procedimientos judiciales pueden ser traumáticos para las víctimas, desalentando las denuncias.
  • Normalización social: La persistencia de actitudes que minimizan el acoso sexual influye en la respuesta institucional.

Sin embargo, creo que como sociedad nos tenemos que hacer cargo, con el apoyo de la ciudadanía y la colaboración interinstitucional, podemos lograr un cambio significativo y construir un sistema de justicia más equitativo y eficiente, que resguarde los derechos de las víctimas.

A quienes han sufrido acoso sexual, quiero decirles que su experiencia es válida y no están solas. Aunque el sistema aún tiene deficiencias, existen personas y organizaciones comprometidas con su apoyo y con la transformación de la justicia. Denunciar es un acto de valentía que contribuye al cambio social.

No se rindan. Busquen apoyo en redes de confianza, organizaciones de mujeres y servicios especializados. Su voz es poderosa y esencial para impulsar las reformas necesarias en el sistema. Recuerden que el problema no es suyo, sino de una sociedad que debe cambiar, y cada denuncia es un paso hacia ese cambio.

La lucha por la justicia es colectiva. Juntas podemos seguir presionando por un sistema más eficiente y empático. Su resistencia y coraje son fundamentales para construir un mundo libre de violencia sexual.

Convención de Belém do Pará: 29 años protegiendo los derechos de las mujeres

La Convención de Belém do Pará es uno de los grandes hitos en materia de reconocimiento y protección de los derechos humanos, no solo para nuestra región sino para el mundo entero. Hace 29 años, los 32 países de América Latina y el Caribe que firmaron este tratado, incluyendo a Argentina, crearon un texto excepcional y visionario, que hasta hoy es una referencia fundamental a la hora de proteger y defender los derechos de las mujeres.

Hasta aquel momento, la violencia contra las mujeres tímidamente se condenaba y en muchos casos se consideraba como un asunto privado, de puertas para adentro de la casa. La Convención abrió la puerta para buena parte de los avances que hemos visto desde entonces, impulsando a los Estados de nuestra región a adoptar leyes y tomar medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, cumpliendo así con las obligaciones que adquirieron al firmarla.

Casi tres décadas después muchas cosas han cambiado, pero los principios enunciados por la Convención de Belém do Pará resuenan más fuerte que nunca. Lo hacen en las voces de las mujeres que reclaman por el derecho a recibir una educación libre de estereotipos, que quieren sentirse seguras caminando por la calle, tener las mismas oportunidades en sus trabajos, en la política, y poder expresarse en los medios de comunicación, o en las redes sociales sin recibir ataques que buscan silenciarlas.

Es el clamor que vimos recientemente en las manifestaciones por el octavo aniversario del movimiento Ni Una Menos en Argentina y que pudimos escuchar de primera mano las delegadas del Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) de la OEA, quienes en marzo realizamos una visita al país enfocada en el tema de la violencia contra las mujeres en la vida pública y política.

En ese momento, llamó nuestra atención el hecho de que la Convención de Belém do Pará es la única Convención de Derechos Humanos, firmada y ratificada por la República de Argentina, a la que no se le ha otorgado rango constitucional. Esto a pesar de diversos intentos a nivel legislativo. Una de las recomendaciones del informe presentado por nuestra delegación fue precisamente otorgar jerarquía constitucional a este tratado .

A pesar de los indudables avances en materia legislativa, tanto en Argentina como a nivel regional, la violencia contra las mujeres no cesa y por el contrario encuentra nuevas formas y mecanismos de transmisión, borrando las fronteras entre las diferentes esferas de su vida, de lo privado a lo público, del plano físico al virtual.

Así vemos como la violencia digital contra las mujeres se ha convertido en una forma de violencia que permea todos los espacios de su vida a través de sus interacciones virtuales. Un reciente informe del MESECVI apunta que: casi un 60% de las niñas y jóvenes de todo el mundo han sido víctimas de diferentes formas de ciberacoso; el 90% de las víctimas de la distribución no consentida de imágenes íntimas son mujeres; el 73% de las mujeres periodistas han sufrido acoso en línea relacionado con su trabajo.

Frente a este panorama, la Convención de Belém do Pará adquiere más vigencia que nunca, porque su lectura a la luz de la actualidad, permite continuar defendiendo y ampliando los derechos de las mujeres. Por eso, en este 29 aniversario, darle a la Convención su lugar dentro de la Constitución Argentina es imprescindible para que los avances logrados por el país en materia de prevención, sanción y erradicación de la violencia de género, nunca sean cuestionados.

 

Este artículo fue publicado por primera vez en Télam Digital

Marcela Huaita: La IA también puede reproducir violencia contra las mujeres

En esta entrevista para Efeminista, se aborda la relación que existe entre el uso de plataformas virtuales, en especial de la inteligencia artificial (IA), y el ejercicio de violencia de género contra las mujeres. Asimismo, se plantea la necesidad de una educación en igualdad, así como de un cambio en el ejercicio de las masculinidades para prevenir la violencia de género.

Para leer la entrevista completa, haga click aquí 

Para ver y escuchar la entrevista en video, haga click aquí

Avances y retrocesos en la conquista de derechos: violencia contra la mujer en la política*

Hace algún tiempo venimos siendo testigos de las tensiones que se producen cuando las mujeres ocupamos cargos públicos, puestos de representación, o en general hacemos escuchar nuestra voz en el espacio público. La virulencia de la respuesta da cuenta muchas veces de los estereotipos de género que aún están profundamente arraigados en nuestra sociedad y que son utilizados para invalidar la palabra, la voz y la presencia de mujeres en el espacio público y en la vida política.

Por ello resulta clave observar cómo los discursos basados en el odio y la intolerancia se han diseminado, socavando peligrosamente las reglas de respeto y moderación – tan indispensables en la vida democrática. En esa línea, el Comité de expertas del MESECVI (CEVI) en los últimos años manifestó su preocupación frente a varios sucesos de violencia política contra la mujer en la región y, en particular, se pronunció en tres casos emblemáticos sucedidos en Argentina (1), ofreciendo su asistencia técnica para la mejora en la respuesta estatal.

Acogiendo este ofrecimiento, el Estado Argentino saludó la iniciativa, concretándose una visita de asistencia técnica a ese país durante los días 1 al 3 de marzo de 2023. Esta visita -la primera de este tipo que hace el Comité- nos ha permitido constatar un ambiente político altamente permisivo respecto de expresiones de discriminación y violencia contra las mujeres que ocupan puestos de autoridad y liderazgo, sea en instituciones públicas, o privadas, tanto en los medios formales como en las redes sociales.

Durante las reuniones con distintas mujeres líderes, víctimas de estas manifestaciones de violencia, -a nivel federal y nacional, en ejercicio de sus funciones de representación o que participan en el espacio público- fuimos constatando que el socavamiento de sus voces se concreta a través de mecanismos como la autocensura, el silencio cuando no directamente el hostigamiento por parte de colegas o correligionarios, y el aislamiento que provoca una sensación profunda de soledad y miedo (2).

Todo ello se ve profundizado cuando hay una débil respuesta institucional que trasmite el mensaje de impunidad. Los poderes del Estado tienen un importante rol que cumplir y deben hacerlo de manera oportuna y con la debida diligencia.

Es por ello que desde hace ya varios años, el CEVI se viene pronunciando en repetidas oportunidades, expresando su preocupación por esta modalidad de violencia contra la mujer, así a través de la Declaración sobre la violencia y el acoso políticos contra las mujeres hemos llamado la atención a los Estados Parte de la Convención de Belém do Pará sobre la responsabilidad que tienen frente a esta peligrosa dinámica. Pero también, hemos desarrollado algunas herramientas como la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Vida Política, instrumento que deben tener en cuenta las diferentes instituciones del Estado para prevenir, proteger y sancionar las diversas manifestaciones de esta violencia, así como para resarcir y reparar el daño a las víctimas.

Sin duda, detener la espiral de violencia, que ya ha segado la vida de otras mujeres líderes en la región, no es sólo una tarea gubernamental, es también un ejercicio de ciudadanía indispensable y urgente, tarea en la que hombres y mujeres debemos involucrarnos. La democracia nos exige diálogo, y este debe ser respetuoso en las familias, escuelas, organizaciones, partidos políticos, redes sociales y en cualquier otro ámbito de intercambio. La intolerancia conduce a la violencia y los discursos de odio deben ser erradicados para poder construir un mundo en donde todas las personas en su diversidad puedan ejercer sus derechos.

 

(1) Comité de Expertas expresa preocupación por insultos misóginos y violencia contra las mujeres en la Cámara de Diputadas y Diputados de Argentina (13 de Diciembre de 2022); Comité de Expertas expresa absoluto repudio y preocupación frente al intento de magnicidio de la vicepresidenta argentina Cristina Fernández (14 de Septiembre de 2022) Comité́ de Expertas expresa preocupación por la violencia contra mujeres en la vida política por razones de género en la Provincia de Catamarca, Argentina (24 de mayo de 2021).

(2) Autocensura, hostigamiento, miedo e impunidad: La violencia contra las mujeres en la vida pública y política en Argentina.

*Este artículo fue originalmente publicado en TELAM, 2023, “Avances y retrocesos en la conquista de derechos: violencia contra la mujer en la política“.

Más información sobre la visita del Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) de la Organización de Estados Americanos (OEA), en los siguientes links:

Publicaciones 2022

Durante este año, mis intereses diversos se han visto reflejados en publicaciones que recogen diferentes facetas de mi experiencia profesional.

Desde la docencia:

La pandemia nos ofreció fuertes retos y nos dejó grandes aprendizajes, por ello nos animamos a sistematizar dos experiencias docentes que han sido recogidas en una publicación de la Dirección Académica del Profesorado de la PUCP. Una referida a la enseñanza en el post grado, basada en el curso sobre “Género y políticas públicas” que dicto en la Maestría de Género, que recoge la interacción virtual exitosa entre estudiantes graduados en diferentes disciplinas. Esta experiencia fue presentada en el Encuentro docente 2021, en el área de Comunicación e interacción en el aula:

Huaita Alegre, Marcela (2022). Valorando la multidisciplinariedad En: Cuadernos de innovación y buenas prácticas en la docencia universitaria (pp. 339-349). Pontificia Universidad Católica del Perú. Dirección Académica del Profesorado. Coordinación: Eduardo Dargent Bocanegra y Pablo Gutiérrez Galarza

La otra, más bien recoge mi experiencia en el pregrado, en el curso de Familia que enseño en la Facultad de Derecho, que fue presentada en el Encuentro docente 2020, en el área de Evaluación para el aprendizaje y retroalimentación:

Huaita Alegre, Marcela. (2022) Foros de Pregunta y Respuesta: una Estrategia de Consolidación, Integración, Debate y Cocreación en el Aprendizaje de las Instituciones del Derecho de Familia En: Cuadernos de innovación y buenas prácticas en la docencia universitaria. (pp. 459-469). Pontificia Universidad Católica del Perú. Dirección Académica del Profesorado. Coordinación: Eduardo Dargent Bocanegra y Pablo Gutiérrez Galarza

Desde la reflexión jurídica:

Motivada por la invitación de Editorial Jurídica THĒMIS y el Círculo de Estudios en Derecho y Política, participamos en una obra que presenta diferentes perspectivas  sobre varios aspectos de la Constitución. Así desarrollamos un ensayo en el marco del derecho constitucional familiar,  que pretende ver las oportunidades y limitaciones de la Constitución de 1993 en el reconocimiento de las familias:

Huaita Alegre, Marcela (2022). La responsabilidad del Estado y su deber de protección a las familias desde el marco constitucional e internacional de derechos humanos). En: Francisco Bobadilla Rodríguez. La Constitución de 1993: Presente y Futuro. (pp. 92 -105. Lima, Editorial Thēmis.

También en la línea constitucional, logramos publicar en su versión en español un artículo que intenta recoger la propuesta desarrollada por la profesora Ruth Rubio sobre el desarrollo del constitucionalismo en relación con la igualdad de género, aplicándola al caso peruano:

Huaita Alegre, Marcela y Andrea Choccechanca Gamboa. (2022) Perú: De un constitucionalismo excluyente a uno transformador, avances y retos pendientes. En Revista Athina. ‘Edición Especial Bicentenario.  Asociación de estudiantes de derecho de la Universidad de Lima. (pp.53 – 71).

Desde la experiencia en la función pública:

Gracias a la invitación de Martin Tanaka, pudimos compartir algunas lecciones aprendidas en mi paso por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, experiencia sin duda que marca un antes y un después en mi mirada de las políticas y la gestión pública:

Huaita Alegre, Marcela (2022) Lecciones aprendidas para un mejor gobierno y mejores políticas públicas. La experiencia del Ministerio de la Mujer. En: TANAKA, Martín (ed.) . El desafío del buen gobierno. Intersecciones entre academia, política y gestión pública. (pp 117-138). Fondo editorial PUCP.

Justamente,  a partir de lo aprendido, reflexionamos en un nuevo artículo sobre la experiencia del Estado peruano en el contexto latinoamericano frente a la implementación de la política contra  la violencia basada en el género durante la pandemia. Esta vez me acompañó en la reflexión una joven investigadora: Norely Hancco.

Huaita Alegre, Marcela y Hancco Rodríguez Norely (2022). La implementación de las políticas públicas adoptadas por el Estado peruano frente al impacto del COVID-19 en la violencia contra las mujeres e intrafamiliar.). En: Themis Revista de Derecho, N° 80. (pp. 49 – 74)

Desde el rol de experta:

Como parte del Comité de expertas que monitorea la Convención de Belem do Para – CEVI, asumí el reto de sistematizar los diferentes pronunciamientos del CEVI con relación a la esfera de la sexualidad y la reproducción,  interrelacionarlos con los seis componentes esenciales de acceso a la justicia, reconocidos en el ámbito de Naciones Unidas por el comité CEDAW, lo que puede ser utilizado como guía en los casos que lleguen a la administración de justicia.

Huaita Alegre, Marcela. (2022) El poder judicial y los derechos sexuales y reproductivos. Una mirada desde el comité de expertas del MESECVI. En: Los derechos sexuales y reproductivos y el poder judicial en América Latina (Sexual and Reproductive Rights and the Judiciary in Latin America).Oneill Institute y Centro de la Judicatura federal . (pp. 29-40)

Al cerrar el año 2022, comparto este balance que espero les sea de utilidad y sirva para continuar con nuevas y más profundas reflexiones.

Convención de Belém do Pará: una compañera de vida

 

 

En el Perú de fines de los 80, como en muchos países de nuestra región, no había legislación ni servicios especializados que atendiesen a las mujeres que eran víctimas de violencia. Los casos que veíamos en la consulta legal nos llevaban a varios procesos alternativos dependiendo de la situación: juicio de alimentos, de divorcio, por delito de lesiones, por violación y algunos más. Sin embargo, las mujeres que atendíamos no querían seguir ninguno, sólo querían detener la violencia y que sus cuerpos no sigan siendo lacerados por sus parejas, proteger a sus hijos y tener una oportunidad distinta en la vida.

Como abogada, mi sensación de impotencia caso tras caso fue creciendo y convenciéndonos que la solución tenía que darse desde otro ámbito, desde la dación de las leyes y las políticas. Así, varias abogadas de mi generación nos sumamos a los esfuerzos de cambio de la normatividad y de marcos políticos, en lo nacional y en lo internacional, con la esperanza sin duda que un futuro diferente sea posible, no sólo en recuerdo de aquellos cuerpos lacerados sino porque es nuestro derecho como humanas.

En la década del 90, hubieron logros importantes, el año 93 se aprueba en el Perú la primera ley contra la violencia familiar, al año siguiente se aprueba la Convención Interamericana para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres (Convención de Belém do Pará – CBP), la cual varios países ratifican de manera inmediata y desde la sociedad civil sabemos con claridad que debemos hacer seguimiento a los compromisos estatales, que la tarea es enorme, pero que hay que acompañar al Estado en este proceso.

Participo entonces haciendo la evaluación para el Perú de una investigación regional que procura documentar y evaluar el progreso logrado en los primeros 5 años de vigencia en la aplicación de la Convención de Belém do Pará. El análisis se centró en: (1) el contenido y la eficiencia atribuida a los mecanismos de ejecución establecidos en cada país; (2) las medidas específicas adoptadas y su impacto; y (3) las dificultades observadas en cuanto a la aplicación o ejecución de esas medidas. Este esfuerzo fue liderado por la Comisión Interamericana Mujeres (CIM/OEA), junto con el Centro Internacional para la Reforma del Derecho Penal y la Política en Materia de Justicia Penal (ICCLR) y el Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD) – Programa Mujer, Justicia y Género.

La participación en dicho estudio coincide con mis primeras experiencias como docente, lo que me permite ver claramente que la CBP significa no sólo un marco político normativo importante al interior de nuestros países sino que también exige una verdadera redefinición del derecho interamericano de derechos humanos. Necesitamos cambio de paradigmas y nuevas respuestas, como las que años después se dan desde la Corte Interamericana en los casos Campo Algodonero (2009), e Inés Fernández (2010), ambos contra México en los que me tocó ser perita sobre violencia sexual y de género, así como del derecho de las mujeres de acceso a la justicia. Estos y otros casos, en los que la Corte Interamericana sentó una importante jurisprudencia, señalaban lo que nosotros habíamos visto y sido testigos, es decir que la falta de voluntad de los funcionarios estatales de no emprender acciones definitivas que garanticen que los responsables por la violación de los derechos de las mujeres sean enjuiciados, conlleva a que los Estados incumplan de manera sistemática las múltiples obligaciones que tienen en relación con garantías judiciales, derechos humanos y en especial normas internacionales referidas de manera expresa a la erradicación de la violencia en contra de las mujeres, como la CBP.

Años después y habiendo asumido el reto de estar en la gestión pública, como Vice Ministra de la Mujer, trabajé arduamente para que el Perú sea sede de la Conferencia de los Estados Partes prevista en la CBP, dado que el cumplimiento de esta convención era sin duda un compromiso que habíamos asumido desde el primer día de nuestra participación en la gestión pública, y pensando además que el ser sede de la Conferencia obligaría a poner en la agenda pública con más fuerza estos compromisos. Lo que no imaginaba entonces, es que algunos años después, ya como Ministra de Estado me tocaría asumir personalmente la representación titular del Estado Peruano ante el MESECVI y, en esa calidad, asumir su presidencia, teniendo en Octubre del 2015 la satisfacción de organizar en Lima la VI Conferencia de Estados Parte del MESECVI, así como ser anfitriona de la Decimotercera reunión del Comité de Expertas (CEVI). Durante dicha Conferencia, y luego de un exitoso trabajo de la Secretaría Técnica, se logró la aprobación de la “Declaración sobre Violencia y acoso político contra las mujeres”. Con ello, hacíamos visible e integrábamos a la CBP, una nueva dimensión de la violencia, esta vez la que impide que se reconozca a las mujeres como sujetos políticos y por tanto desalienta el ejercicio y continuación de las carreras políticas de muchas mujeres, testimonios que había recogido en mis visitas a lo largo de todas las regiones de mi país.

Habiendo regresado a la sociedad civil, en el 2018 fui designada como experta nacional para integrar el Comité de Expertas, teniendo la oportunidad nuevamente de mirar de cerca la vigencia del mecanismo, los retos estatales, los nuevos temas de estudio y los siguientes desafíos.

 

Perú: Personas designadas ante el Comité de Expertas del MESECVI (CEVI) desde su creación:

 1.      Martha Rivera Chang (Titular) – 2004
2.      Russela Zapata Zapata (Titular) – 1 de junio de 2005; y  Tania Vidal Muñoz (Suplente) – 25 de junio de 2007
3.      Nora Soledad Cisneros Campoverde (Titular) – 15 de julio de 2008
4.      Ana María Mendieta Trefogli (Titular) y  Silvia Elvira Quinteros Carlos (Suplente) – 6 de julio de 2009
5.      Paola Muñoz (Titular) – 10 de junio de 2010
6.      Melchora Milagros Ríos García (Titular) – 22 de octubre 2010
7.      Tammy Lorena Quintanilla Zapata (Titular) y María Ysabel Cedano García (Suplente) – 3 de octubre de 2011
8.      Ángela Teresa Hernández Cajo (Titular), Ana María Mendieta Trefogli (Suplente) y Miguel Ramos Padilla (Suplente) – 14 de marzo de 2013
9.      Silvia Loli (Titular) y Ángela Teresa Hernández Cajo (Suplente) – 22 de julio de 2015
10.  Tammy Lorena Quintanilla Zapata (Titular)  y Sabina Deza Villanueva (Suplente) – 23 de agosto de 2017
11.  Marcela Huaita Alegre (Titular) y Ángela Teresa Hernández Cajo (Suplente) – 30 de octubre de 2018

En el aniversario 25 de la CBP, el destino me dio la satisfacción de estar presente en un sentido homenaje que no tengo palabras para describir por la emoción que sentí al escuchar los testimonios de las valiosas mujeres que habían permitido que esta Convención viese la luz en nuestra región. Sus testimonios nos trasladaron a la locura de las épocas vívidas como feministas cuando la frustración nos hacía ser creativas, elaborar estrategias no transitadas, hacer alianzas, sentir la sororidad entre las abogadas cuando defendíamos una causa, cuando elaborábamos un proyecto normativo; cuando nuestra vehemencia debía ceder paso a la cautela para dar pasos seguros en protección de las víctimas a quienes representábamos.

El camino continúa y en el 2019 acepté la propuesta de acompañar la Mesa Directiva presidida por Tatiana Rein de Chile, y Rinette Djokarto de Surinam, lo cual no hizo sino encender en mi un renovado compromiso por el cambio y por un futuro diferente en el que hombres y mujeres tengamos una convivencia sin violencia, y en donde nuestras energías contribuyan al logro de la paz y un respeto irrestricto de los derechos humanos de cada mujer de nuestra región y del mundo.

Este año, mis compañeras me han honrado con elegirme para presidir el Comité de expertas en un nuevo período (Dic 2021 – Nov 2023), cargo que asumo con responsabilidad y compromiso, sintiéndome honrada de estar acompañada por colegas que también tienen una amplia trayectoria y reconocimiento en la región, Gloria Camacho de Ecuador y Bárbara Bailey de Jamaica.  No quiero cerrar estas líneas sin resaltar el trabajo de la Secretaría Técnica del MESECVI conducido por Luz Patricia Mejía, así como de quienes me precedieron en esta posición, a quienes admiro profundamente, mujeres con las que en muchas ocasiones he trabajado y compartido este sueño de una América unida y sin violencia.

 

Necesidad de articulación en la política nacional contra la violencia basada en el género

Necesidad de articulación en la política nacional contra la violencia basada en el género

 Todos los Estados necesitan un sistema de planeamiento estratégico que permita alinear las políticas nacionales hacia un desarrollo armónico y sostenido. En el Perú esta función la cumple el SINAPLAN, el mismo que está integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales cuya finalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional. En este sistema deben armonizarse los diferentes documentos que conducen el desarrollo del país, como aparece en la siguiente figura:

Figura 1: Políticas y planes para el desarrollo nacional

 Fuente: CEPLAN

  • Importancia de contar con un Objetivo Específico (OE) en el nuevo Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050

La lucha contra la violencia basada en el género, al igual que la garantía de una igualdad y no discriminación para el 50% de la población, que está compuesto por niñas, adolescentes y mujeres, debe ser una prioridad en este importante documento de planificación estratégica que va a ser referente -en los próximos 30 años- para el desarrollo de diversos planes estratégicos multisectoriales, así como en los diferentes niveles de gobierno, tal como se puede apreciar (Figura 1) del lugar preponderante que ocupa en la planificación estratégica del país.

En ese sentido, proponemos que se establezca dentro del Objetivo Nacional 1 “Alcanzar el pleno desarrollo de las capacidades de las personas, sin dejar a nadie atrás”, un Objetivo Específico: “Garantizar la igualdad y no discriminación contra las mujeres, así como una vida libre de violencia basada en el género” [1], en donde una de sus acciones estratégicas sea precisamente “Reducir toda forma de violencia basada en el género”.  Dicha acción estratégica, además debería ser desarrollada en una política ad hoc para su efectiva realización.

  • Necesidad de desarrollar una política pública contra la violencia basada en el género, como política independiente

Actualmente la Política Nacional de Igualdad de Género -PNIG (D.S. 008-2019-MIMP)-, si bien contempla como uno de sus objetivos prioritarios el “Reducir la violencia hacia las mujeres”, sólo considera para su seguimiento un indicador: el “Porcentaje de mujeres víctimas de violencia de género”, lo que se medirá a través del indicador proxy “Porcentaje de mujeres víctimas de violencia física y/o sexual en relaciones de pareja, los últimos 12 meses” que recoge la ENDES[2]. Si bien este indicador es importante, no permite hacer seguimiento de las acciones del Estado (indicadores de proceso), y tampoco permite medir el impacto en otras formas de violencia, como por ejemplo la violencia sexual sufrida por nuestras niñas y adolescentes. De acuerdo al proceso de planificación establecido por CEPLAN, el “Plan Nacional contra la violencia de género 2016 -2021”, quedó subsumido en la PNIG y los indicadores ahí previstos dejaron de tener seguimiento[3].

Creemos que ello debe corregirse con una política ad hoc que permita elevar los indicadores de resultado y productos previstos, por ejemplo, en el Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer – PpoR aprobado por R. M. N° 162-2019-EF/10. Ello resulta urgente, pues en la construcción de estos indicadores se identificó una brecha de información respecto al grupo etario sobre la cual se recoge la información, las definiciones que se manejan para violencia sexual y acoso sexual, entre otros. Todo lo cual hace necesario un esfuerzo de articulación al más alto nivel que incluya la reformulación de algunas encuestas nacionales y sus instrumentos de recojo de información, con el fin de garantizar un monitoreo y evaluación de las intervenciones tanto a nivel nacional como subnacional en materia de la violencia basada en el género que sufren las mujeres.[4]

Una buena articulación en la planificación estratégica nacional, coadyuvará a orientar los esfuerzos de las diversas entidades públicas y privadas, en los diferentes niveles de gobierno, y alinearlos al objetivo de reducir la violencia basada en el género y lograr una vida libre de toda forma de violencia para nuestras niñas y adolescentes, y todas las mujeres peruanas, en su diversidad.

[1] Huaita, M. (2021) Perú: Desarrollo Nacional al 2050, enfoque de derechos y derechos humanos de las mujeres

[2] Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. (2019). Anexo 4 de la Política Nacional de Igualdad de género. https://www.gob.pe/institucion/mimp/normas-legales/271118-008-2019-mimp

[3] Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar. (2021). Informe de evaluación de cierre al 2019 del “Plan nacional contra la violencia de género 2016-2021”.  https://observatorioviolencia.pe/wp-content/uploads/2021/09/Informe-cierre-PNCVG-2016-2021-al-ano-2019-VF-19.08.2021.pdf

[4] Al respecto pueden revisarse: Oportunidades y retos en el seguimiento de la política pública a través de un sistema de indicadores con enfoque de derechos

COVID 19, políticas públicas y su impacto en las mujeres

Las medidas que los gobiernos nacional, regional y local están planificando post cuarentena deben tener en cuenta el impacto diferenciado en hombres y mujeres, especialmente teniendo presente 3 vulnerabilidades que éstas últimas presentan. Las mujeres son las más vulnerables en la precarización de empleos, deben asumir gran parte de la carga del cuidado, y deben enfrentar con sus vidas la violencia que se ejerce contra ellas.

En virtud de ello, presentamos algunas recomendaciones para que se tenga en cuenta la especial protección que merecen las mujeres desde las medidas de política pública que el Estado asuma.

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Violencia de género ejercida en el ámbito familiar contra niños, niñas y adolescentes percibidos como parte de la población LGTBI

Fuente: Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en Tu Comunidad

La violencia en el ámbito intrafamiliar puede revestir muchas formas, una de la que no se habla demasiado -pero que puede dejar huellas atroces en las personas que la sufren- es la violencia que se ejerce contra NNA percibidos como parte de la población LGBTI.

Pocos estudios dan cuenta de ello: la mayor parte recoge testimonios de personas adultas jóvenes que relatan sucesos experimentados en su niñez o adolescencia y que nos revelan diferentes formas de violencia que son consideradas como  mecanismos legítimos de crianza, como golpizas en los casos de varones gay y violaciones sexuales correctivas a adolescentes lesbianas, por mencionar solo algunos ejemplos.

A propósito  de ello, junto a un equipo de jóvenes investigadoras -Julissa Chávez Granda, abogada; Gissela Cornejo Castellano, comunicadora; y María Alejandra Saravia Pinazo, politóloga- nos decidimos abordar esta problemática y escribir un artículo reflexionando sobre la protección que estos NNA  deben gozar a partir de los estándares internacionales de protección frente a la violencia intrafamiliar.

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Luchando contra la violencia hacia la mujer en la región de América Latina y el Caribe

Cierro el año asumiendo una nueva responsabilidad, esta vez a nivel de la región LAC.  Hace poco asistí a la XVI reunión del Comité de Expertas del mecanismo de seguimiento de la Convención de Belém do Pará contra la violencia hacia la mujer (Washington, 11 al 13 de diciembre, 2019), comité del que formo parte desde el 2018.

En esta reunión se renovó la directiva del Comité, siendo electa en el cargo de vicepresidenta durante el periodo 2020 – 2021, junto con las expertas de Chile, Tatiana Rein (quien lo preside) y de Suriname; Rinette Djokarto (en la otra vicepresidencia).

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Congreso Internacional de las Américas. 25 años de la Convención de Belém do Pará

25 años han pasado desde la aprobación de la Convención de Belém do Pará, primer tratado de derechos humanos que aborda específicamente la temática de la violencia contra la mujer. Este tratado, que se da en el contexto de las Américas, ha abierto las puertas al desarrollo de estándares internacionales de protección del derecho de las mujeres, tales como el caso de Campo Algodonero (2009) donde la Corte Interamericana dio paso a nuevas medidas de investigación y prevención en casos de violencia contra las mujeres; o los casos de las hermanas González Pérez (2001), el de Inés Fernández Ortega (2010) o el de Valentina Rosendo Cantú (2010), que dieron lugar a sendas reformas en relación con el alcance de la jurisdicción militar en casos de violación a los derechos humanos.

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Género, violencia contra la mujer y administración de justicia

El 13 de julio, se dio inicio al curso “Género, Violencia contra la mujer y administración de justicia”, el mismo que desde la Maestría de Estudios de Género de la PUCP hemos venido preparando desde hace varios meses gracias a la confianza de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial y el auspicio de UNFPA Perú. Como coordinadora académica, hemos preparado el curso con mucha ilusión y estoy segura que todas las docentes convocadas estamos comprometidas a contribuir en la integración de la perspectiva de género para mejorar el acceso a la justicia de las mujeres peruanas. 

El curso se enmarca dentro de la  Recomendación General 33 sobre el acceso de las mujeres a la justicia del Comité CEDAW que recomienda que los Estados partes aseguren que los programas de fomento de la capacidad traten, en particular:

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