A continuación las reflexiones de Maria Elena Córdova sobre la situación de los hallazgos arqueológicos obtenidos por Bingham de Machupicchu y retenidos indebidamente por la Universidad de Yale (EE.UU.), especialmente respecto a la labor del INC y . Realizada por Enrique Hulerig y publicada en el Diario EL COMERCIO el 18.05.2008,
En la edición 2026 de Caretas la directora del INC publica un artículo en que vuelve a señalar que en Yale hay 46 mil objetos arqueológicos de Machu Picchu. ¿Qué comentarios le suscita?–
De acuerdo a la señora Bákula, Yale habría escondido información sobre los bienes culturales que mantiene en su poder. Ella dice que la cantidad es mucho mayor a lo que siempre se pensó. Pero Barbara Shailor, representante de Yale, dice que no son 46 mil objetos sino menos: “Depende de la manera de contar”, afirma. Lo que nos queda claro es que hay un número determinado de objetos pero, además, muchos fragmentos que, si contamos, solo así suman 46 mil. Hay que aclarar, por otro lado, que el tema del inventario no se ha conseguido gracias a la comisión actual.
La directora del INC afirma que recién se ve la necesidad de inventariar.–
No es cierto. Nosotros tomamos la decisión de inventariar desde el comienzo de las negociaciones. El Perú designó dos peritos en julio del 2004, los arqueólogos Abelardo Sandoval y Ramiro Matos, pero uno, Sandoval, no fue del agrado de Yale y fue rechazado. Se dieron el lujo de vetar, sugiriéndonos incluso a un antropólogo de la Universidad de Michigan. No lo aceptamos. La designación de los peritos era potestad del Perú.
En la conferencia de prensa del 16 de abril se dijo que el inventario lo hizo una misión del INC entre el 3 y 12 de marzo. Sin embargo, en la Web de Yale (1) se pueden ver -y descargar- los inventarios completos de la colección, colgados según la revista virtual Yale Alumni Magazine desde el 2 de marzo (2).
Así es, los comisionados dijeron a los medios que la delegación peruana viajó a Yale para hacer el inventario. Me parece imposible que una misión de siete personas haga un inventario de más de 40 mil piezas en diez días. No lo creo. Eso contrasta, además, con la información que aparece en la revista virtual de Yale, que dice que el inventario ya estaba hecho. En realidad han ido a recibirlo o verificarlo, que es el mandato de la resolución que les autoriza el viaje. Por otro lado, la referida publicación sostiene que hay 5.700 piezas, pero de eso no se habla, solo de 46 mil. En cuanto a las piezas museables primero se dice que retornarían 384 piezas, luego en Caretas se señala 369, pero el inventario solo tiene 329. ¿Cuál es la verdad? He confrontado, al azar, dos piezas de una página cualquiera del catálogo que Yale tenía en su web en mayo del 2002 -y que nos fuera proporcionado por Blanca Alva- y advertí que tienen una codificación que reaparece en los inventarios virtuales recientemente publicados. Figuran, por ejemplo, las piezas registradas como YPM ANT 016598 e YPM ANT 017877, ambas, sorprendentemente, con el mismo código dentro del inventario reciente. Para mí queda claro que el inventario lo hizo Yale hace años y quizás lo ha estado actualizando. Cuando se trata de algo tan sagrado como los símbolos de nuestra identidad hay que ser transparente, no caben partidarismos ni poses políticas, solo cumplir con la ley y recuperar lo que le corresponde a la Nación.
¿Hay, como afirma el artículo, un reconocimiento irrestricto de la propiedad del Perú sobre las piezas?
A no ser que se haya firmado un acuerdo definitivo, que no conocemos, posterior al Memorándum de Entendimiento (Memorandum Of Understanding/ MOU) del 14 de setiembre del 2007, que haya corregido los errores de este documento, plagado de condiciones impuestas por Yale, entonces el reconocimiento irrestricto de la propiedad del Perú sobre los materiales arqueológicos no es cierto. Irrestricto quiere decir sin restricciones. Si hay un reconocimiento irrestricto la consecuencia lógica es la devolución de todos los bienes. En el MOU se establece en la sección 3, literal “d”, el tema de la propiedad de las piezas. El literal “d” tiene 6 subpárrafos. El primero, denominado i), prevé el reconocimiento de la propiedad del Perú sobre los materiales. Pero el subpárrafo ii) establece que el Perú cede el usufructo de los objetos. El subpárrafo iv) establece que ese usufructo se hará por un plazo de 99 años y, ojo, el subpárrafo v) señala que el reconocimiento de la titularidad no es independiente sino que está condicionado al usufructo. Si la señora Bákula declara que hay un reconocimiento irrestricto del derecho de propiedad del Perú, ¿es porque ya firmaron un acuerdo definitivo que ha corregido el MOU anterior? No está claro. El MOU establece que habrá una muestra itinerante de dos años a cuyo término las piezas regresarían, pero al gobierno actual le queda un plazo similar a la muestra. Entonces, ¿en qué momento retornarán los bienes?
Usted fue convocada como asesora técnica de la comisión de repatriación. ¿Recuerda quiénes asistían a las reuniones?
Tengo un acta del 24 de julio, cuando se instala la comisión. Estuvieron el embajador Carlos Pareja, por Cancillería; la doctora Claudia del Pozo, del Ministerio de Justicia; el doctor Jorge Pando, del Congreso; el doctor Luis Lumbreras, director del INC; el arquitecto Freddy Escobar, del gobierno regional del Cusco; y el señor José Koechlin, por la municipalidad de Machu Picchu. El 10 de agosto se realiza la segunda reunión y en ella están el embajador Santiago Marcovich, que sustituye al embajador Pareja, la doctora del Pozo, el doctor Lumbreras, el arquitecto Escobar, el señor Koechlin y el doctor Fernando Ayllón por el Congreso. Ese día se le alcanza a todos la propuesta que Yale hizo llegar el 24 de febrero de ese año, el Agreement in Principle. Fue la última reunión a la que asistimos porque dejamos el INC en agosto.
¿En el Agreement in Principle aparece el usufructo por 99 años?
No, pero sí se señalaba que habría un lote de objetos destinado al museo y otro lote que la universidad retendría para sus investigadores, dividiendo la colección. Eso se rechazó. El MOU, con su literal sobre el usufructo, es mucho más agresivo. Inexplicablemente se acepta. La política de defensa del patrimonio cultural ha dado un paso atrás.
¿La comisión de repatriación continuó reuniéndose?
-Lo que nos informa la señora Bákula en su artículo es que la comisión de repatriación -constituida por la Ley 28778, es decir, antes de su gestión- realiza en diciembre del 2006 “un informe contundente” que motiva, según ella, se retomen las negociaciones. ¿Cuál podría ser la contundencia de ese documento que canceló la repatriación? Debería darlo a conocer.
¿Por qué se dilataron las acciones en el 2006?
Parece que Yale buscaba dilatar las cosas hasta la conclusión de la administración anterior. Me baso en unas declaraciones que hizo el doctor Kauffmann en Correo el 2 de junio de ese año; allí señala que fuentes muy cercanas le habrían confiado que Yale no deseaba negociar sino con el próximo gobierno. Si declaró en ese sentido debió haber tenido algún contacto con ellos. A mí lo que me revela esto es que hay algo extraño en la nueva negociación. Fíjese que el expediente técnico legal está en los archivos del INC así como en Cancillería. Debieron ser más listos y estudiarlo para evaluar sus próximos pasos. Lo que se ha hecho es interrumpir un proceso.
El MOU, sin embargo, fue presentado como un éxito.
Como un éxito en tanto no fue expuesto a la opinión pública. Salieron noticias tipo “Yale devolverá” y yo, como muchos, me alegré. Pero hay una gran distancia entre la declaración mediática y el contenido real del MOU, del que nos hemos enterado recién en febrero, no por quienes debieron informarnos sino por las publicaciones de Yale, desde donde rebotó a los medios peruanos. Nos dijeron una cosa cuando, en realidad, el documento decía otra. ¡Además asumieron que los bienes valían algo más de US$200.000! Esos objetos constituyen símbolos identitarios que no pueden ser valorizados, menos poner eso en un documento. Ha habido un retroceso humillante.
A raíz de la noticia de la firma del MOU, The Yale Daily News publica un artículo, “University to return artifacts to Peru” (3), donde se recogen declaraciones del comisionado Garrido Lecca anunciando la entrega a Yale de un lote de diez mil piezas incas. La traducción es: «Garrido Lecca dijo que durante las conversaciones del viernes le mostró a Burger un catálogo con diez mil piezas incas actualmente en Perú. Garrido Lecca ofreció enviar estos objetos a Yale -incluyendo huesos, cerámica, metal y textiles- para su estudio en la universidad. “Ustedes (se dirige al auditorio) deberían haber visto el rostro de Richard Burger cuando le di las diez mil piezas (se refiere al catálogo). Era como un niño mirando un juguete”».
Es grave. Nadie puede ofrecer generosamente los bienes de la Nación por cuenta propia, menos aún se debe celebrar que un funcionario de Yale -en este caso el curador del Peabody- se sienta feliz “como un niño” porque iba a recibir nuestro patrimonio. Cuando uno actúa en representación de un país tiene que hacerlo con seriedad: las leyes no permiten a nadie ofrecer bienes de modo personal. Quien lo hace está sobrepasando las atribuciones que se le han conferido. Comprometer innecesariamente una exhibición o un préstamo, que ni siquiera fueron planteados por Yale en el MOU, representa un exceso cuyo anuncio debería haber obedecido a un expediente técnico realizado por especialistas.
¿Yale sostuvo haber devuelto la colección en 1921?
Así es. Cancillería nos envió un oficio con el resumen de la reunión sostenida en EEUU el 7 de junio del 2004: “Los doctores Robinson y Burger fueron enfáticos en señalar que contaban con pruebas de que varias cajas fueron remitidas en 1921 al Museo Nacional de Historia del Perú”. Yale entregó, efectivamente, 47 cajas con restos de osamenta en 1921, pero ninguna procedía de Machu Picchu sino de otras provincias, como consta en los informes que ese año publicó Osteander. Yale tampoco cumplió con entregarnos informes científicos. Más bien National Geographic nos entregó una carta fundamental de Bingham.
¿Cuál es el aporte de la carta?
Es una carta que Bingham dirige el 28 de noviembre de 1916 al editor de National Geographic Magazine y también presidente de la National Geographic Society, Gilbert H. Grosvenor. La carta de Bingham reconoce la propiedad al gobierno peruano, “que nos permitió sacar las piezas con la condición de que sean retornadas en 18 meses”, pero propone que las piezas se queden en el National Museum, aunque ese museo “no las va a recibir a no ser que pasen a ser de su propiedad”. Una cosa muy interesante de la carta es que los peruanos de 1916 aparecen como preocupados por el destino de las piezas: “El asunto ha tomado una gran importancia en la opinión de los peruanos, quienes creen que estamos tratando de robar sus tesoros”. Señala Bingham que intentará prolongar el plazo del préstamo y que lamenta que el ministro Federico A. Pezet ya no esté en el cargo porque “si fuera aún ministro podríamos lograr algo”. Dice también “me he estado esforzando para asegurar el permiso del gobierno peruano para que al menos los huesos permanezcan en el país y se conviertan en propiedad de nuestro Museo Nacional”, y culmina diciendo, increíblemente, “Me gustaría dejar a los peruanos protestando por esto, pero no sería justo para cualquier futuro trabajo que la National Geographic pueda intentar hacer en el Perú”.
¿Por qué NG entrega este documento?
-Porque el doctor Lumbreras se los pide. NG mantuvo siempre una actitud favorable. En el 2001, abogados de NG, reunidos con nosotros, mostraron su total disposición de colaborar para que los bienes culturales nos sean devueltos.
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(1) http://www.yale.edu/opa/newsr/08-03-02-01.all.html
(2) http://www.yalealumnimagazine.com/extras/machu_picchu.html
(3) http://www.yaledailynews.com/articles/view/21338
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