Investigación realizada por Adriana Gamarra Rodriguez, Estefany García Cornejo, Belen Palomino Loncharich, Alelí Patiño Vergara, Nayeli Peña Asenjo
I. INTRODUCCIÓN
En el año 2007 Forbes realizó un artículo de las 25 compañías ficticias más ricas. Empresas Wayne Inc., ocupó el puesto 11 con ingresos de 31.3 mil millones de dólares americanos (Forbes 2007). El año pasado, Forbes sacó una lista de personajes ficticios más ricos, y Bruce Wayne obtuvo el puesto 7 con 9, 2 mil millones de dólares americanos (Gestión 2022).
Es así que esta monografía busca realizar un análisis societario de Empresas Wayne Inc. a la luz de la Ley General de Sociedades para abordar acerca de las incidencias del Derecho Societario respecto al grupo económico Empresas Wayne Inc.
II. MARCO TEÓRICO
- Grupos empresariales:
1.1. Definición:
Siguiendo lo señalado por Carlos Montiel Fuentes, un grupo empresarial es aquel conjunto de una o más sociedades que son independientes jurídicamente entre sí, pero que ,sin embargo, se encuentran bajo el control o la subordinación ejercida por una matriz; esto quiere decir que se encuentran bajo una dirección unitaria que va a determinar cuales son los lineamientos de cada una de las empresas que formen parte del grupo empresarial (2009). Asimismo, es pertinente recalcar que actualmente la legislación peruana no ha regulado la figura de grupos empresariales.
1.2. Características:
Las dos características más importantes de un “grupo empresarial” que se señalan en el presente trabajo serán las desarrolladas por Carlos Montiel Fuentes. Una de ellas es el control o subordinación al que están sometidas las empresas que forman parte de dicho grupo empresarial y, la otra es la unidad de propósito y dirección que presenta un grupo empresarial (2009, pp. 7-24).
1.2.1. Control o subordinación:
Partiendo de lo señalado por Idoia Fernández (2001, p.165), se puede afirmar que en un grupo empresarial está conformado por una persona jurídica o persona natural dominante que se encuentra ejerciendo un control efectivo y permanente sobre las empresas dominadas, que se encuentran subordinadas a esta.
En el presente caso, el grupo empresarial llamado ‘Empresas Wayne Inc.’, se encuentra controlado por Lucius Fox, que siguiendo la ficción “Batman”, ocupa el cargo de director ejecutivo, siendo así la persona natural dominante encargada de tomar las decisiones y velar por los intereses de dicho grupo de empresas. En la ficción se evidencia que el poder que ejerce Lucius es dominante y permanente, pues la influencia sobre todo el grupo empresarial es determinante para el funcionamiento de este.
1.2.2. Unidad de propósito y dirección:
Además de necesitar del elemento de control/ subordinación, es importante que el grupo empresarial presente empresas que busquen el mismo propósito, es decir que vayan encaminadas por la misma dirección. Entonces, siguiendo lo señalado por Montiel Fuentes, respecto a que la dirección unificada que debe presentar un grupo empresarial puede verse en distintos niveles y con diversos grados de intensidad (2019, p. 23); en el caso de Wayne Enterprises esta dirección es generar ingresos mediante los distintos productos y servicios que ofrece el conglomerado, en primer lugar y la mejora de la ciudad Gótica en segundo.
Así, queda evidenciado que ‘Empresas Wayne Inc., sí es un grupo empresarial, pues cumple con la característica de que sus empresas se encuentran bajo el control/subordinación del director ejecutivo Lucius Fox; siendo que las empresas que forman parte de dicho grupo empresarial también persiguen el mismo propósito y dirección.
- Empresas Wayne Inc.:
Empresas Wayne Inc., es un conglomerado multinacional con sede en Ciudad Gótica. La historia de la compañía muestra a generaciones de generaciones de Wayne´s que progresivamente construyeron la empresa al tamaño que tiene hoy en día.
- Administración
Lucius Fox cumple el papel de CEO, cuyas siglas significan “Chief Executive Officer”, es decir Director Ejecutivo. En la normativa peruana sería una mezcla de Gerente General con miembro del Directorio.
Fox cumple la función de Gerente General, ya que realiza las funciones que la Ley General de Sociedades tiene designado para un gerente:
Artículo 188.- Atribuciones del gerente
Las atribuciones del gerente se establecerán en el estatuto, al ser nombrado o por acto posterior.
Salvo disposición distinta del estatuto o acuerdo expreso de la junta general o del directorio, se presume que el gerente general goza de las siguientes atribuciones:
- Celebrar y ejecutar los actos y contratos ordinarios correspondientes al objeto social;
- Representar a la sociedad, con las facultades generales y especiales previstas en el Código Procesal Civil y las facultades previstas en la Ley de Arbitraje;
- Asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones del directorio, salvo que éste acuerde sesionar de manera reservada;
- Asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones de la junta general, salvo que ésta decida en contrario;
- Expedir constancias y certificaciones respecto del contenido de los libros y registros de la sociedad; y,
- Actuar como secretario de las juntas de accionistas y del directorio.
Además se sabe que Lucius Fox responde al Board of Directors, ya que esto aparece en bastantes instancias en los cómics. Por ejemplo, cuando Fox comenta que: “The Board has already strong-armed me into selling off the Wayne rebuild of Gotham piecemeal” (Tynion IV, 2020).
Se menciona que Lucius Fox es una mezcla de Directorio y Gerente General porque además de ser elegido por el Board of Directors, Fox es parte del Board. En los cómics se menciona que Bruce Wayne es el que buscó a Lucius Fox, y en la película se ve que es Wayne el que le da el puesto. Wayne, como accionista mayoritario solo puede elegir al Directorio, no le corresponde elegir al Gerente General.
Por lo tanto, se deduce que Fox tuvo el papel de Director antes de tener el de CEO. Históricamente, el Chair of Boards y el CEO son la misma persona, y considerando la gran facultad de poderes que tiene Lucius Fox, no es extraño concluir que Fox tiene ambas posiciones.
- Accionistas
El papel de casi todos los accionistas en Empresas Wayne Inc., no es muy relevante. Al ser Wayne el accionista mayoritario, es él el que realiza las acciones más importantes, como la designación de Fox. El resto parece contento con sólo recibir los dividendos de sus acciones, actuando más como inversores que accionistas. Al inicio de Batman Begins, Thomas Wayne comentaba que él trabajaba en el hospital y dejaba el manejo de la compañía en manos de hombres más “interesados”. Con un pensamiento similar, Bruce Wayne, cuando Earl le comentó que iba a volver pública la compañía (que en normativa peruana sería convertir una sociedad anónima cerrada en una abierta) le respondió que a él le pagarán generosamente por sus acciones, y que no buscaba interferir.
III. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Desde una perspectiva individualizada, se identifica el papel fundamental de Lucius Fox, quien se desempeña como CEO y presidente de Wayne Enterprise. Por lo tanto, toma la mayoría de las decisiones de la compañía a nombre de Bruce Wayne; es decir, se desempeña como representante en la compañía y ejecutor de las decisiones tomadas. En vista de que Bruce Wayne se encuentra frecuentemente ausente porque invierte la gran mayoría de su tiempo en su labor como superhéroe (Batman) de ciudad Gótica, es probable que surja el denominado “problema de la agencia”.
Para que una sociedad sea eficiente, se delega la administración a terceros que cuenten con un parámetro óptimo de especialización. Siendo así, es menester que los intereses se encuentren alineados para la consecución de un fin común: lograr la máxima rentabilidad de la empresa.
Ahora, en el plano práctico suele ocurrir una serie de divergencias entre los intereses de ambos sujetos, lo que produce un conflicto que, inevitablemente, producirá perjuicios sobre el principal. Boshkoska desarrolla el problema de la agencia señalando que debido a la gran cantidad de accionistas se contratan gestores que actúan en su nombre como sus agentes y eso lleva a dividir la propiedad (control y gestión). Los directivos son los que tienen el control de la empresa y es posible que antepongan sus intereses personales. Esta situación conlleva a que muchas veces exista un conflicto entre los intereses de los accionistas (propietarios) y gestores de la empresa (2015, p. 205).
Ahora, desde una perspectiva macro-empresarial, otra problemática que se puede identificar es que, al tratarse de un conglomerado empresarial, puede ocurrir una discordancia entre los intereses de los diversos administradores/directorio que forma parte de cada empresa perteneciente a Wayne Enterprises. Esta problemática se agudiza más desde la perspectiva peruana, siendo no se identifica un cuerpo normativo que regule aspectos jurídicos de los conglomerados empresariales como figura societaria.
IV. PROPUESTA DE SOLUCIÓN:
Luego de haber precisado las problemáticas dentro de la estructura corporativa, corresponde presentar una serie de soluciones, según la normativa peruana, que se pueden implementar para evitar o mitigar el daño.
Respecto a la primera problemática señalada, en primer lugar, se puede implementar la figura del secretario corporativo. Al respecto, The International Finance Corporation menciona: “el secretario corporativo suele desempeñar un valioso papel como “puente” de información, comunicación, asesoramiento y arbitraje entre el consejo y la dirección y la organización y sus partes interesadas, incluidos sus accionistas” (2016; pp. 4). Entonces, el secretario corporativo al ser un canal de comunicación entre los órganos de gobierno de la empresa busca que el directorio actúe y se comporte de manera leal, diligente y con carácter de reserva. En ese sentido, una de sus finalidades es lograr la reducción de cualquier problema de agencia que se produzca.
Ahora, si bien, no existe una regulación específica en la LGS sobre esta figura corporativa, esta puede ser incorporada a través de la autorregulación de la empresa. Entonces, una forma de evitar una colisión de intereses entre Lucius Fox y Bruce Wayne sería por medio de una medida preventiva, la cual es la figura de secretario corporativo para mejorar el canal de comunicación entre la gerencia y los accionistas.
En segundo lugar, la normativa peruana ofrece mecanismos para tutelar los intereses de los accionistas; esto es, otorga derechos a los accionistas y deberes a los administradores. En ese sentido, la LGS cumple un rol fundamental, ya que su contenido tiene la principal función de solucionar los problemas de agencia. En tal caso, por un lado, se otorgan prerrogativas para tutelar los intereses de los inversionistas, mediante las cuales pueden actuar ante cualquier controversia y no perjudicarse. Por otro lado, se les exige a los gerentes el cumplimiento de “deberes fiduciarios”. Se pueden resumir a los deberes fiduciarios en 3 premisas base: lealtad, diligencia y reserva.
Según Criddle, a través de dichos deberes se logra defender los intereses de los accionistas y la sociedad en general. Estos versan en la supervisión constante sobre las labores del agente y la exigencia de una eficiente labor para que sus intereses se encuentren alineados con los del accionista. Sin embargo, es preciso mencionar que estos deberes deben ser exigidos y ejecutados bajo límites razonables (2006; pp. 130). Por otra parte, es preciso contar con la transparencia de la realización de las funciones del agente, se trata de una autodisciplina para que cuenten con una labor idónea. Sobre este último aspecto, el Derecho busca lograr que se reduzca la posibilidad de un problema de la agencia cuando el accionista no tenga posibilidades de supervisar al agente.
En tercer lugar, se pueden implementar una serie de “incentivos”, para promover una conducta eficiente y leal del administrador con respecto del accionista. Específicamente se trata de “compensaciones” que, según Ramírez, “es el diseño de un contrato que vincule el beneficio de los administradores con su desempeño al frente de la sociedad, lo que alinearía los intereses de ambas partes” (2019; pp. 26). En ese sentido, se puede otorgar beneficios de toda índole a los administradores de la empresa y, de esa manera, pueda realizar una labor eficiente encaminado a conseguir los intereses que persigue el accionista.
Relacionando dicho desarrollo conceptual con el caso de Empresas Wayne Inc., se puede aplicar, por ejemplo, una cláusula que otorgue una bonificación extra por una labor óptima desempeñada por Lucius Fox y que haya sido orientado acorde a los intereses o metas que promueve Bruce Wayne. Asimismo, podría hablarse de compensación a través de la opción de una venta de acciones a Lucius Fox.
Por un lado, como contraparte, se pueden implementar “desincentivos” contractuales y, por ende, el administrador se sentirá menos motivado para realizar actos que no se encuentren alineados a los intereses del accionista. Siendo así, el administrador tratará de desempeñarse bajo la perspectiva del shareholder para evitar ser perjudicado a raíz de la penalidad implementada. Partiendo de esta idea, si se aplica dicho concepto al caso de Empresas Wayne Inc., Bruce Wayne posee la potestad de adicionar una cláusula contractual que se base en una reducción en la remuneración de Lucius Fox si es que este realiza acciones contrarias a los intereses de Wayne y; adicionalmente, provocarle un perjuicio.
Respecto a la segunda problemática, se podría empezar proponiendo la promulgación de una ley de conglomerados empresariales a efectos de tratar temas comunes al interior de estos. Ello a efectos de poder evitar futuros conflictos de intereses y hacer un mercado empresarial más dúctil y dinámico en el cual estén preestablecidas las reglas y límites sobre las acciones de cada integrante del conglomerado. Este podría ser un gran avance dentro de la normativa peruana en lo que respecta a esta nueva figura societaria y su regulación.
Por último, se plantea que, entre las empresas con conflictos de intereses entre sí, se apliquen cláusulas penalizantes lucrativas ante eventuales daños y perjuicios por decisiones tomadas teniendo en cuenta la objeción y posibles pérdidas futuras por parte de una de las empresas del conglomerado. En ese sentido, si una de las compañías que conforman Wayne Enterprises considera negativa para su estabilidad empresarial que otra compañía del conglomerado se asocie con determinado grupo societario o ejecute determinado proyecto, puede implementar la cláusula en alusión. Entonces, si se produce el perjuicio previsto, se puede activar la penalidad previamente establecida.
V. CONCLUSIONES:
Se concluye que Empresas Wayne Inc., es un grupo empresarial sólido, pues cumple con los requisitos necesarios para poder constituirse como uno. En primer lugar, tiene el control o subordinación a cargo de Lucius Fox, pues este ocupa el cargo de director ejecutivo siendo el encargado de la toma de decisiones y de velar por los intereses del grupo empresarial. En segundo lugar, también cumple la unidad de propósito y dirección que debe presentar todo grupo empresarial, en este caso todo el grupo persigue el mismo propósito y dirección exigida para que se consigne de tal manera.
Asimismo, Empresas Wayne Inc., es un conglomerado multinacional con sede en la Ciudad Gótica. En la cual Lucius Fox cumple una función mezclada entre ser parte del Directorio y como Gerente General, esto debido a que, es elegido por el Board of Directors y ser parte del mismo.Es así que Bruce al ser el accionista mayoritario también es el que realiza las acciones más importantes y toma las decisiones más relevantes dentro de este ámbito, como la designación de Lucius Fox.
Por último, se ha propuesto una serie de soluciones que permitan evitar o amortizar el riesgo que puede producirle a las empresas que configuran este grupo empresarial para que se tenga un adecuado gobierno corporativo, por ejemplo, se puede implementar la figura del secretario corporativo dentro de la estructura y; además, se pueden usar los recursos que la propia normativa ofrece como los deberes fiduciarios, crear cláusulas con incentivos y/o desincentivos contractuales. Finalmente, se propone la creación de un nuevo cuerpo normativo sobre los conglomerados empresariales para regularizar de manera óptima las relaciones entre las empresas y, por otro lado, se plantea implementar cláusulas penalizantes ante futuros daños causados entre las compañías que conforman el conglomerado empresarial.
VI. BIBLIOGRAFÍA:
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