Modifican el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público de Nivel 2 y 3, aprobado por Resolución SBS N° 577-2019 y sus modificatorias
RESOLUCIÓN SBS N° 00398-2024
Lima, 2 de febrero de 2024
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución SBS N° 577-2019 y sus modificatorias, se aprobó el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público;
Que, mediante la Ley N° 31658 se dispuso la creación del Programa Impulso Empresarial MYPE (Programa IMPULSO MYPERU), que tiene por objeto apoyar el proceso de recuperación económica y crecimiento de las micro y pequeñas empresas (MYPE) e impulsar su inclusión financiera, así como fomentar la cultura de pago oportuno de estas en dicho sistema; promoviendo su financiamiento a través del otorgamiento de una garantía del Gobierno Nacional a los créditos colocados por las empresas del sistema financiero y por las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de un subsidio denominado “Bono del Buen Pagador de IMPULSO MYPERU”, y mediante la Resolución Ministerial N° 066-2023-EF/15, se aprobó el reglamento operativo del mencionado Programa;
Que mediante Decreto de Urgencia N° 033-2023 se incluyeron como beneficiarios del Programa IMPULSO MYPERU a las medianas empresas de todos los sectores productivos del país;
Que, posteriormente, mediante Decreto de Urgencia N° 039-2023 se extendió el alcance del Programa IMPULSO MYPERU a todas las empresas de todos los sectores productivos del país;
Que, resulta necesario modificar el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, para el control y monitoreo de los créditos relacionados al Programa IMPULSO MYPERU;
Contando con el informe técnico previo y positivo de viabilidad de la norma de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas y con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Cooperativas y de Asesoría Jurídica; y,
En uso de la atribución conferida en los numerales 7, 9 y 13 del artículo 349, así como en el numeral 4 A de la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria, de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias, y sobre la base de las condiciones de excepción dispuestas en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y sus modificatorias;
RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público de Nivel 2 y 3, aprobado por Resolución SBS N° 577-2019 y sus modificatorias, conforme con el Anexo que se adjunta a la presente Resolución, el cual se publica en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS, siendo la vigencia a partir de la información correspondiente al mes de enero 2024.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
2258416-1
Deja un comentario