Como bien sabemos, la Administración Pública (incluye también a la tributaria) no puede negarse a recibir documentación (escritos) a través de sus mesas de partes, salvo ciertas excepciones como son los escritos (demandas y otros documentos judiciales) dirigidos a sus Procuradurías Públicas (éstas tienen un domicilio procesal publicado en el Diario Oficial el Peruano) entre otros.
Sin embargo, muchas veces la Administración rechaza nuestros documentos en virtud a que le hace falta algún requisito o simplemente la persona a cargo de recepcionarlos no desea hacerlo.
Ante ello, el siguiente documento busca evitar estas acciones y salvaguardar su derecho.
Lima, __ de _______ de 2016
Señor:
PONER EL NOMBRE DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Presente.-
De nuestra mayor consideración,
Por medio de la presente, los saludamos cordialmente y a su vez les comunicamos nuestra inquietud respecto de la negativa __________ a recibir nuestra documentación a fin de realizar el _____________________.
Al respecto, tenemos a bien recordarles que de acuerdo al Artículo 124° de la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, todas las unidades de recepción documental de la Administración Pública se encuentran obligadas a recibir y dar ingreso a toda documentación presentada por los administrados, tal y como se cita a continuación:
“Artículo 124.- Obligaciones de unidades de recepción
124.1 Las unidades de recepción documental orientan al administrado en la presentación de sus solicitudes y formularios, quedando obligadas a recibirlos y darles ingreso para iniciar o impulsar los procedimientos, sin que en ningún caso pueda calificar, negar o diferir su admisión.(…)”
Sin perjuicio de ello, en caso ustedes consideren que existiera algún defecto en la documentación presentada, agradeceremos nos remitan las observaciones respectivas de forma debida, con el sustento legal correspondiente.
Sin otro particular, agradecemos tener presente lo expuesto y recibir la documentación presentada a fin de poder ser calificada o evaluada por ustedes de conformidad con lo dispuesto en nuestra normativa legal.
Atentamente,
________________________
XXXXXXXXXXXXXXXXXX
Representante
[EMPRESA]
4 noviembre, 2016 at 11:22 am
Buenas tardes, para saber si la entidad comete algún delito en caso de no recepcionar algún documento por mesa de partes?? Y cuál sería la forma legal de actuar ante esta negativa.
30 noviembre, 2016 at 4:33 pm
Buenas tardes, no se comete ningún delito, pero si una falta administrativa. En caso usted se encuentre en una situación similar, le recomiendo hablar con el superior jerárquico de la persona encargada en mesa de partes.
Saludos,
16 febrero, 2017 at 9:53 am
Una secretaria puede opinar sobre el documento que recepciona:
ejm. para que va a presentar, si ya ….
20 febrero, 2017 at 5:59 pm
Jurídicamente una secretaria no califica el documento que se presenta, sino solo recepciona, lo comentarios que pueda hacer al respecto no tiene relevancia jurídica.
5 marzo, 2017 at 3:28 pm
consulta? y que hacer en el caso de la empresa privada?? cuando la empresa no tiene una mesa de partes y el jefe o supervisor se niega a recibir un documento, entiendo claramente que se puede notificar notarialmente, pero que norma trasgrede o a que ley está faltando la empresa y cómo evidenciarlo?
16 marzo, 2017 at 10:46 am
Puede Sunat negarse a recibir recibos de pago para fedatear aduciendo que las copias no deben incluir las constancias de pago? El trámite es para solicitar devolución de IGV.
26 junio, 2017 at 12:08 pm
Mesa de partes no puede negarse.
13 febrero, 2018 at 8:20 am
Gracias Doctor por apoyar a los administrados en esos abusos que se comente en la administración publica, en la dirección regional de transportes de aqp, se negaron a recibir una solicitud con respecto a lo siguiente:
https://www.gob.pe/294-permiso-provisional-para-aprender-conducir
Actualmente el joven ya presento y aprobó su examen psicosomatico y para el examen de conducir es necesario las practicas, adicionalmente esta en una escuela de manejo habiendo aprobado todo si no que como es lógico necesita reforzar el manejo.
Al presentar esta solicitud la recepcionista no quiso recepcionar el documento, el joven al insistir la secretaria lo llevo ante el subgerente a quien el joven (19 años) le solicito que hiciera recepcion y en todo caso le dijera el porque de la negativa de recibir la solicitud, a lo que dicho funcionario dijo “porque lo digo yo”, el joven temeroso a que se tomen represalias ya que esta pronto a pasar su examen de manejo se retiro. Como ve la queja fue efectuada pero el funcionario superior al parecer tampoco tiene la mínima intención de recepcionar el documento.
En estos casos que se puede hacer ya que como ve se teme a represalias.
Gracias por su respuesta.
19 febrero, 2018 at 9:32 pm
En estos casos, sería conveniente tener medios probatorios (vídeos, cartas notariales) que acrediten estos actos para poder iniciar las acciones judiciales o administrativas… https://www.youtube.com/watch?v=HvWIk2ANWeU
9 diciembre, 2018 at 7:57 am
dr. fui a ingresar un informe de investigación policial por accidente de transito por mesa de partes para el 4to juzgado de paz letrado de tumbes, y el encargado se negó a recepcionar aduciendo que en el oficio no estaba plasmado como el acta de intervención policial, es decir el que intervino por desconocimiento en el acta puso a la UT-1 como vehículo impactado y UT-2 vehículo impactante, pero sucede que de conformidad a nuestros manuales de investigación policial al termino de la investigación se determino que la UT-2 fue la que impacto y por ese motivo en el informe y oficio se puso a la UT-2 como UT-1 de acuerdo al procedimiento de investigación policial, el cual fue observado por el encargado de mesa de partes pese a que se le explico y se le indico que no podíamos poner igual que el acta de intervención porque se estaría favoreciendo a la otra persona, encargado que se negó a recepcionar el informe indicando que se lo cambie como estaba el acta de intervención policial con lo cual tata de cambiar el estado de la investigación,¿ pregunto donde debo quejarlo a este encargado y si esta correcto su accionar?
9 diciembre, 2018 at 10:53 pm
buenas noches, no es correcto el accionar y usted debe quejarlo ante la OCMA, y debería hacerlo por escrito para que en 10 días el trabajador involucrado haga su descargo ante un comité.
saludos,
28 enero, 2019 at 5:37 pm
BUENAS TARDES UNA SECRETARIA SE REHÚSA A RECEPCIONAR EL DOCUMENTO Y SE PONE ATREVIDA Y MALCRIADA HE INSULTA, ¿QUE SE PUEDE HACER PARA CAMBIAR ESA ACTITUD?, AUNQUE ES DIFÍCIL DE CAMBIARLA, POR QUE SON HÁBITOS QUE LA PERSONA TIENE MALTRATAR AL CUIDADANO
30 enero, 2019 at 12:22 pm
¿existe un pronunciamiento al respecto del Tribunal Constitucional? o en que norma se basa para decir que mesa de partes no puede negarse a recibir un documento? Si bien es así, pero cual es la norma que lo señala?
7 febrero, 2019 at 10:26 am
Buenos días, verifique el artículo 124° de la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General.
Saludos,
12 abril, 2019 at 4:16 pm
Buenas tardes, hoy en mesa de partes del MTPE, no quisieron recepcionar mi documento ya q esto estaba scaneado. Mi pregunta es si esta acción es válida.
8 mayo, 2019 at 11:01 pm
a donde acudir cuando un director de una institución educativa se niega recibir solicitudes u otros documentos ya que en dicha institución no hay mesa de partes ni secretaria , la solicitud es directo con el jefe, que medidas tomar ya que por derecho se puede solicitar acceso a los documentos publicos (Artículo 7 texto único ordenado de la ley 27806, “Ley de transparencia y acceso a la información pública”) “toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier entidad de la administración pública. sin embargo a este señor no le da la regalada gana de recepcionar ningun documento
10 mayo, 2019 at 11:23 am
En caso de instituciones educativas, el órgano competente es MINEDU, tal vez este link lo pueda orientar: http://identicole.minedu.gob.pe/consultas-y-reclamos
Saludos,
25 julio, 2019 at 12:31 am
Que hacer en el caso de la empresa privada?? cuando la empresa no tiene una mesa de partes y el jefe o supervisor se niega a recibir un documento, entiendo claramente que se puede notificar notarialmente, pero que norma trasgrede o a que ley está faltando la empresa y cómo evidenciarlo?
26 julio, 2019 at 9:34 am
sería por un tema notarial.
12 agosto, 2019 at 3:49 pm
Felicitaciones Dr, por absolver preguntas muy interesantes. Desearía me ayude en resolver un problema. Es el caso que un usuario ingresa su documento por Dirección el 11 de junio pidiendo permiso para el 12 de julio, este documento tiene proveído de Dirección con fecha 11 de julio, para ser derivado al área de administración, es el caso que la secretaria de dirección lo pasa al área de administración recién el 08 de agosto, el mismo que fue recepcionado por la secretaria de esta área. mi consulta es, tiene sentido haberlo recibido, casi con 30 días de vencimiento? Gracias por la deferencia a mi inquietud.
17 agosto, 2019 at 7:32 am
Buen.dia mi.estimado una.consulta bueno mi.caso es que yo.presente un documento de.salud ala empresa donde trabajo y no me sellaron mi cargo de recepcion eso como.qeda
21 agosto, 2019 at 8:21 am
Buenos días, el cargo del documento es el único medio que acredita la presentación de la información, si usted no tiene el cargo, debería solicitar mediante una carta el estado del documento (salud) presentado, indicando la fecha y hora de presentación y ante que persona se presentó.
Saludos,
10 octubre, 2019 at 1:38 pm
EL JEFE DE UN AREA DE INSTITUCION DEL SECTOR PUBLICO, MEDIANTE MEMORANDO SE DIRIJE A UN EMPLEADO DE OTRA ÁREA SOLICITANDOLE INFORMACION (ESTE EMPLEADO TRABAJO HACE AÑOS ALLI) PASANDO POR ENCIMA DE SU JEFATURA O DE LA DIRECCION ADMINISTRATIVA, DEBE CONTESTAR Y/O SE PUEDE APLICAR LO ESTABLECIDO EN EL TUO LPAG 27444, O ESTA BIEN, Y DE BE DE CONTESTAR, AUNQUE ESTA NO SEA SU JEFA.
GRACIAS.
6 marzo, 2020 at 2:33 pm
BUENAS TARDES DOCTOR UNA PREGUNTA…..se acento una denuncia por delito en la comisaria ,el suscrito como personal PNP e instructor realizo las diligencias y comunico a la fiscaliza de turno, una vez formulado el informe me dispuse ingresarlo en mesa de partes pero me dijeron que el turno había culminado y el plazo de entrega de denuncias era una semana después de culminado el turno de la fiscalia, es el caso que ya habían pasado 13 días, y por eso no iban a recepcionar la denuncia ….pueden hacer eso.
4 abril, 2020 at 6:19 pm
Buenos días, no es correcta la actuación que describe, le recomendaría que comunique estos hechos a: inspector@pnp.gob.pe; inspectorigpnp@yahoo.es; o en todo caso a través de http://www.pnp.gob.pe/denuncias/
9 junio, 2020 at 1:46 am
Doctor buenas noches, respecto a una carta notarial emitida por un administrado, en la cual queja mediante un OTROSI, que: la secretaria de mesa de partes, se negó a recibir su documento el día anterior alegando que se considera como falta administrativa por los mismos argumentos del TUO 27444, mi consulta es ¿amerita una amonestación verbal o escrita, por la entidad publica que conoció de estos hechos mediante este escrito, hacia la servidora por la negativa de recibir dicho documento? no siendo una falta grave ya que el administrado pudo ingresar su documento solicitando las copias de unas resoluciones regionales?
Gracias por su respuesta.
20 julio, 2020 at 6:36 pm
Buenas noches estimado Doctor, y muchas gracias por su análisis para absolver las dudas de los administrados, tengo un caso y me gustaría que pueda emitir su opinión sobre el mismo:
En una situación interna de una entidad municipal, si desde la oficina de Gerencia Municipal se emite una resolución y la Oficina de Recursos Humanos no quiere recepcionar dicha documentación, que norma se estaria vulnerado, precisando que no es mesa de partes, asimismo, que acciones deberia tomar la Gerencia Municipal, frente a esta no recepcion de la oficina de Recursos Humanos? Agradecido por la atención.
26 agosto, 2020 at 1:33 am
Actualmente, en plena pandemia muchas instituciones realizan trámites por mesa de partes virtual, Sin embargo, al presentar un recurso de reconsideración por mesa de partes virtual de una entidad el estado de respondió señalando que debo presentarlo. Personalmente en mesa de partes de la institución.
Que debo hacer ante tal situación porque soy una persona Vulnerable.
Por otro lado, no ingresar el documento pero mediante el VUCE, siendo ésta en plataforma que reciben documentación inicial de un proceso. Será tomado en cuenta por la institución correspondiente.
12 junio, 2024 at 4:43 pm
BUEN DIA DOCTOR, QUE PASA SI UNA UNIDAD ORGANICA (GERENCIA X) NO QUIERE RECEPIONAR UN DOCUMENTO ADMINSITRATIVO A OTRA UNIDAD ORGANICA (GERENCIA Y), SEA ESTE UN INFORME, MEMORANDO, ETC, ¿QUE PUEDE HACER LA OTRA UNIDAD ORGANICA QUE LA ESTA REMITIENDO?, GRACIAS DE ANTEMANO POR LA AYUDA.
17 junio, 2024 at 5:00 pm
Buenos días, como primer acto, se debe dejar constancia de este hecho de la negativa de la recepción; por otra parte, se puede presentar por la mesa de partes general (sea física o electrónica); y ya en última instancia, derivar el documento al superior jerárquico para que tome conocimiento de los hechos.
Saludos y gracias por seguir este blog.