Modifican el universo de sujetos obligados a presentar la declaración jurada anual 2017

El día 01 de marzo de 2018 se publicó, en el Diario Oficial “El Peruano”, la Res. 069-2018 SUNAT mediante el cual se ha modificado el universo de sujetos obligados a presentar la DJ Anual del Ejercicio Gravable 2017.

El dispositivo comentado prevé la incorporación del literal c) al inciso 3.1.2 según lo siguiente: Se encuentran obligados los sujetos que hubieran obtenido rentas distintas a las de tercera categoría, que determinen un saldo a su favor en la casilla 141 del Formulario N° 705 – Renta Anual 2017 – Persona Natural como perceptores de i) Rentas de cuarta categoría o rentas de cuarta y quinta categoría y, ii) Rentas de cuarta y/o quinta categorías y rentas de fuente extranjera que correspondan ser sumadas a estas.

Asimismo, modifica el numeral 1.1.3 según lo siguiente:

ANTES AHORA
Los que hubieran percibido exclusivamente rentas de quinta categoría que determinen un saldo a su favor en la casilla 141 por la deducción de los gastos a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 46° de la Ley, siempre que soliciten la devolución del exceso de las retenciones que les hubieran efectuado. Los que hubieran percibido exclusivamente rentas de quinta categoría que determinen un saldo a su favor en la casilla 141 del Formulario Virtual 705 – Renta Anual 2017 – Persona Natural por la deducción de intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda no informados a la SUNAT como tales por las entidades del Sistema Financiero, lo cual deberá ser verificado en la Plataforma de Deducciones de Gastos Personales.
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