La Resolución de Superintendencia Nro 000016-2022 SUNAT (pub. 24-1-22 y vig. 25-1-22) aprobó la versión 4.0 del PDT Planilla Electrónica – PLAME “Formulario Virtual 601” que estará a disposición de los interesados a partir del 10-2-22, siendo de uso obligatorio a partir de esa fecha, por los siguientes sujetos:
- Sujetos que deben cumplir con la presentación de la PLAME y la declaración de los conceptos indicados en los incisos b) al m), o), p), r) y s) del articulo 7° de la Res. 183-2011/SUNAT: A partir del periodo enero 2022.
- Sujetos que se encuentren omisos a la presentación de la PLAME y a la declaración de los conceptos b) al m) y o) al s) del articulo 7° de la 183-2011/SUNAT: A partir de los periodos tributarios de noviembre 2011 a diciembre 2021 o que deseen rectificar la información correspondiente a dichos periodos.