La Res. 106 – 2020 – SUNAT (pub. 28-6-20) ha modificado la Res. 084-2020/SUNAT a fin de ampliar el uso del Sistema Integrado de Expedientes Virtuales (SIEV) para el llevado de los expedientes electrónicos de acciones inductivas que se inician con la notificación de una esquela, así como para la presentación de las solicitudes y de la sustentación de las inconsistencias u omisiones relacionadas con aquellas acciones inductivas.
El SIEV será utilizado para el llevado, almacenamiento, conservación y archivo electrónico de los expedientes electrónicos de las acciones inductivas en la medida que la esquela que permita su generación se notifique a partir del 1-8-20. Los sujetos que son parte de una acción inductiva podrán presentar solicitudes y sustentar inconsistencias u omisiones, siempre que se haya generado un expediente electrónico (SUNAT Operaciones en Línea).
A continuación presentamos los aspectos más resaltantes:
- Solicitudes: Las solicitudes que pueden presentarse a través del SIEV son las vinculadas a:
- La prórroga del plazo otorgado para presentar o proporcionar lo solicitado en una esquela de solicitud de información.
- El cambio de la fecha y/u hora de la cita indicada en una esquela de citación o en el documento en el que se señale una nueva fecha y/u hora en atención a una solicitud anterior, a una fecha y/u hora posterior. Cuando en una esquela se solicite la comparecencia del sujeto para proporcionar información, la exhibición y/o presentación de documentación y/o información, la aceptación de la solicitud de cambio de cita posterga la fecha y/u hora de la cita para el cumplimiento de tales obligaciones.
Primera solicitud | Sustentación de la segunda y siguientes solicitudes, así como de esquelas reiterativas | Plazo |
La primera solicitud de prórroga del plazo para entregar lo solicitado en una esquela de solicitud de información o de cambio de fecha y/u hora de la cita, no requiere de la sustentación del pedido y se puede presentar a través de una solicitud electrónica, en la mesa de partes de las dependencias de la SUNAT o en los Centros de Servicios del Contribuyentes de la SUNAT a nivel nacional. | La segunda y siguientes solicitudes, así como toda aquella referida a una esquela reiterativa – inclusive la primera – solo se puede presentar en la mesa de partes, en los centros de servicios o a través de la MPV- SUNAT y se debe sustentar en razones de caso fortuito o fuerza mayor que imposibiliten el cumplimiento de las obligaciones respectivas. De ingresarse para tal efecto una solicitud electrónica, esta se considera como no presentada. | Las solicitudes para prorrogar el plazo otorgado para proporcionar lo solicitado en una esquela de solicitud de información y para el cambiar la fecha y/u hora indicada en una esquela de citación se debe presentar:
– Tratándose de la primera solicitud, hasta el día hábil anterior a la fecha de vencimiento del plazo a la fecha de la cita, según sea el caso.
– Tratándose de la segunda y siguientes solicitudes, así como de todas aquellas referidas a una esquela reiterativa, por lo menos, 2 días hábiles antes de la fecha de vencimiento del plazo o la fecha de la cita, según sea el caso.
– La solicitud ingresada con posterioridad a las fechas antes señaladas se considera como no presentada. |
- Sustentación de inconsistencias u omisiones: Para presentar la sustentación de inconsistencias u omisiones, a través de SUNAT Operaciones en Línea, se deberá seguir las indicaciones dadas en la esquela para ingresar al ambiente “Consulta de Acciones Inductivas” y ubicar la opción “Sustentar”.
Inmediatamente después de presentada la sustentación de inconsistencias u omisiones, SUNAT Operaciones en Línea generará la constancia de información registrada, que podrá ser descargada, impresa o enviada a un correo electrónico.
Lo referente a la presentación de solicitudes de prórroga o cambio de fecha u hora también se aplica respecto de la sustentación de inconsistencias u omisiones presentadas ante una esquela reiterativa. En este caso, se deberá indicar el número de esquela que género el expediente electrónico.
El sujeto que presente la sustentación de inconsistencias u omisiones en mesas de partes de las dependencias de la SUNAT o en los CSC de la SUNAT a nivel nacional, recibirá el cargo respectivo.
- Medio para presentar las solicitudes: Las solicitudes electrónicas se presentan a través de SUNAT Operaciones en Línea, para lo cual el sujeto que es parte de una acción inductiva debe seguir las indicaciones dadas en la esquela para ingresar el ambiente “Consulta de Acciones Inductivas.
- Generación de la constancia de prórroga del plazo o de cambio de cita: Inmediatamente después de presentada y aceptada la solicitud electrónica, SUNAT Operaciones en Línea generará la constancia de prórroga de plazo o de cambio de cita, según sea el caso, la cual el sujeto podrá descargar, imprimir, o enviar al correo electrónico que señale siguiendo las instrucciones del sistema. Estas constancias contendrán en su totalidad la información que obra en la solicitud electrónica respectiva
Vigencia: La presente resolución rige desde el 1 de agosto de 2020.