Procedimiento especial para la obtención del código de usuario y clave SOL a través del APP Personas SUNAT prorroga para el envío de declaraciones y comunicaciones al SEE

La Res. 090-2020 SUNAT (pub. 20-5-20 en la Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano) establece tanto el procedimiento especial para la obtención del código de usuario y clave SOL a través del APP Personas SUNAT como la prórroga de los plazos de envío directamente o a través de los OSE de las declaraciones informativas y comunicaciones relativas al SEE. En consecuencia se prevé lo siguiente:

Procedimiento para convertirse en usuario de SUNAT y obtener su código de usuario y clave SOL: 

¿Hasta cuándo se puede aplicar este procedimiento? 

Hasta el 15-8-20.

¿Quiénes son los sujetos comprendidos? 

Las personas naturales que cuenten con DNI y los sujetos distintos a estas, cuyo representante legal acreditado en el RUC, cuente con DNI.

¿Cuál es el procedimiento? 

Los sujetos comprendidos deben:

  • Ingresar al aplicativo y elegir la opción habilitada para tal efecto.
  • Consignar su DNI o el del representante legal acreditado en el RUC, para efectos de verificar su identidad, para lo cual deben:
  • Proporcionar la información que el sistema requiera, tratándose de los sujetos que generen rentas de cuarta del impuesto a la renta y/o que se encuentren comprendidos en los numerales ii) y iii) (en lo referido al Empleador de trabajador del hogar con código de inscripción (CIE) y, persona natural, sociedad conyugal o sucesión indivisa que cuenta con Código de Identificación Personal (CIP) o en el artículo 3-C en lo relativo al procedimiento para generar la Clave SOL desde SUNAT Virtual.
  • En los casos no comprendidos en el punto anterior, deberán cumplir con la verificación biométrica dactilar remota.

 

  • Efectuada la verificación de la identidad, informar los siguientes datos y luego aceptar el registro de esa información se debe:
  • Proporcionar el correo electrónico, al cual se enviará el Comprobante de Información Registrada (CIR) una vez que se cumpla con lo indicado. El CIR debe contener i) el número telefónico y, una contraseña, la cual debe ser confirmada y será la clave SOL para el ingreso a SUNAT Operaciones en Línea.

¿Cambio de Clave SOL?

Hasta el 15-8-20, los sujetos comprendidos pueden generar una nueva clave SOL a través del APP Personas SUNAT.

Prórroga del plazo para el envío de declaraciones y comunicaciones relativas al SEE: Se prorroga hasta el 9-6-20 los plazos de envío directamente o a través de los OSE de las declaraciones informativas y comunicaciones relativas al SEE de los siguientes

  • Sujetos que en el ejercicio gravable 2019 hubieran obtenido ingresos de hasta 2300 UIT. (antes comprendía el plazo del 16-3-20 hasta el 10-5-20)
  • Sujetos que en el ejercicio gravable 2019 hubieran obtenido ingresos de más de 2300 UIT hasta 5000 UIT. (antes comprendía el plazo del 31-3-20 hasta el 10-5-20)

Vigencia: La resolución en comentario rige desde el 20 de mayo de 2020.

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