Ley 31011 – Delegación de facultades para legislar, entre otros, en materia tributaria y laboral

El  27 de marzo de 2020, se publicó en Edición Extraordinaria del Diario “El Peruano” la Ley 31011 el cual se delega en el Poder Ejecutivo, la facultad de legislar por el termino de 45 días calendario, entre otras, las materias que versan sobre política fiscal y tributaria:

  1. Suspensión temporal de las reglas fiscales vigentes y establecer medidas para la reactivación económica nacional
  2. Para la reactivación económica nacional
  3. Para establecer las disposiciones que faciliten el pago de las deudas tributarias administradas por la SUNAT
  4. Modificar la legislación tributaria respecto del impuesto a la renta en cuanto al procedimiento de pagos a cuenta; arrastre de pérdidas, plazo de depreciación, gastos de donación.
  5. Rediseñar, eliminar y/o modificar regímenes tributarios simplificados para las micro y pequeñas contribuyentes.
  6. Prorrogar y ampliar el ámbito de aplicación del régimen de devolución de la Ley 30296.
  7. Prorrogar el plazo de la autorización a la SUNAT para ejercer funciones en el marco de la Ley 27269.

Mientras que en materia de trabajo y promoción del empleo, se disponen con la finalidad de garantizar y fiscalizar la protección de los derechos socio laborales de los trabajadores en el marco de la emergencia sanitaria causada por el COVID -19.

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